Foto

Asuntos Jurisdiccionales

Por comercializar prendas de vestir con una expresión que presentó similitudes ortográficas, fonéticas y conceptuales de otra marca se declaró al demandado infractor de derechos marcarios

El demandante, titular de la marca “PUNTO BLANCO” (mixta y nominativa) alegó violación a sus derechos marcarios porque el demandado produce, ofrece y vende en el comercio prendas de vestir usando la expresión “MUNDO BLANCO”. La Superintendencia de Industria y Comercio consideró probado que el demandado al colocar la expresión “MUNDO BLANCO” en las marquillas de sus prendas de vestir violó los derechos marcarios del demandante porque las expresiones “PUNTO BLANCO” y “MUNDO BLANCO” presentan similitudes ortográficas, fonéticas y conceptuales.

Vale destacar que mediante sentencia del 12 de febrero de 2016 la Sala Civil del Tribunal Superior de Bogotá, confirmó la sentencia de primera instancia proferida por la Delegatura de Asuntos Jurisdiccionales de la Superintendencia de Industria y Comercio.

Acta 143 de 2014 del 29 de Mayo de 2014 de la Delgatura para Asuntos Jurisdiccionales

Sentencia del 29 de mayo de 2014 del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá.