Que tiene derecho a organizarse y asociarse para proteger sus derechos e intereses |
Que Colombia se adhirió al convenio el 3 de junio de 1996 y su ingreso entró en vigor el 3 de septiembre de 1996 |
Según un estudio elaborado por el Grupo de Estudios Económicos de la SIC, entre 2000 y 2012 el número de vehículos nuevos vendidos en el mundo por año pasó de 58.3 millones a 84,1 millones. El principal productor de vehículos en 2012 era China (22%), seguido de Estados Unidos (12,5%). En 2010 el sector automotor representó en Colombia el 6,2% y empleó aproximadamente el 2,5% de la población ocupada. Más información en http://www.sic.gov.co/es/web/guest/grupo-de-estudios-economicos. |
Que están prohibidas las cláusulas contractuales que limiten la responsabilidad del productor o proveedor de las obligaciones que por ley les corresponden |
Que el proveedor debe suministrar información sobre las garantías del producto que ofrezca |
Que tiene derecho a obtener información sobre los riesgos que pueden derivarse de la utilización y consumo de los productos que se ofrecen en el mercado |
Que a enero de 2013 hay 174 partes contratantes |
El término Habeas data viene del latín, su traducción literal es "tendrás tus datos". En la mayor parte de países corresponde al derecho de toda persona para conocer, actualizar y rectificar la información almacenada sobre ella en bancos de datos. En Latinoamérica el primer país en implementar el Habeas data fue Brasil en el año 1.988. |
Que puede dar por terminado cualquier contrato de tracto sucesivo, así tenga pactada cláusula de renovación automática, en cualquier momento, sin que lo puedan sancionar o imponer pagos adicionales a las cuotas vencidas |
Que el productor debe informar sobre las instrucciones para el correcto uso o consumo, conservación e instalación del producto o utilización del servicio |
Que los productos usados en los que expiró el término de la garantía legal podrán ser vendidos sin garantía, siempre que dicha circunstancia sea informada y aceptada por escrito por el consumidor |
Que el convenio ha sido revisado 6 veces, la última en 1967 en Estocolmo, aunque fue enmendado el 28 de septiembre de 1979 |
El metro es la distancia que recorre la luz en el vacío durante 1/299.792.458 de segundo. Esta definición está vigente desde 1983, es la cuarta dada al concepto y fue establecida en 17ª Conferencia General de la Oficina Internacional de Pesos y Medidas. La milla, la libra, el galón y la yarda no pertenecen al Sistema Internacional de Unidades. |
Que todos los que ofrezcan bienes y servicios por internet deben cumplir unos requisitos mínimos de información a los consumidores sobre la persona que vende el bien, sobre el producto mismo y sobre las condiciones de la negociación |
Que están prohibidas las cláusulas de permanencia mínima cuando no son para compensar un subsidio o una ventaja significativa entregada al consumidor en la negociación |
Que cuando en los contratos de seguros la compañía aseguradora modifique el valor asegurado contractualmente, de manera unilateral, tendrá que notificar al asegurado y proceder al reajuste de la prima, dentro de los treinta (30) días siguientes |
Que de no indicarse el término de garantía, éste será de un año para productos nuevos, y que tratándose de productos perecederos, será el de la fecha de vencimiento o expiración |
Que los países firmantes en 1883 fueron: Bélgica, Brasil, España, Francia, Italia, Países Bajos, Portugal y Suiza |
tán prohibidas las cláusulas contractuales que establezcan cláusulas de renovación automática que impidan al consumidor dar por terminado el contrato en cualquier momento o que imponga sanciones por la terminación anticipada |
Que si contrata servicios de lavandería, reparación o parqueadero y el bien sufre daños, deterioro o pérdida, puede reclamar el valor del daño causado como garantía |
Que los proveedores y productores serán responsables de todo daño que sea consecuencia de la inadecuada o insuficiente información que suministren |