Superintendencia de Industria y Comercio

Top bar

logo presidencia

Logo SIC y Gobierno de Colombia

Se encuentra usted aquí

Banner boletin

Tramites y servicios menu secundario

contiene a persona tomando medicamentos en un estante
Abogacía de la Competencia

Concepto frente a la modificación de la metodología para la regulación de precios de medicamentos

La COMISIÓN NACIONAL DE PRECIOS DE MEDICAMENTOS Y DISPOSITIVOS MÉDICOS (en adelante la “COMISIÓN”) expidió la Circular 03 de 2013 mediante la cual estableció la metodología para la aplicación del régimen de control directo de precios de medicamentos que se comercializan en el país. Ahora bien, debido a las solicitudes, comentarios y observaciones hechas por diferentes actores del sector farmacéutico durante la implementación de dicha metodología, la COMISIÓN identificó las siguientes fallas en el mercado, como producto de su aplicación: (i) mercados concentrados y; (ii) dificultades para controlar de manera directa el precio de todos los medicamentos. En tal sentido, se propone un proyecto de Circular a partir del cual se deroga la metodología actual y se plantea una nueva que permite el esclarecimiento de la forma en que se aplica el control directo de precios de medicamentos, corrigiendo las fallas del mercado identificadas con el fin de promover una mayor eficiencia en el gasto público y generar ahorros para el Sistema General de Seguridad Social en Salud, garantizando los elementos esenciales de accesibilidad, disponibilidad y calidad. 

Esta Superintendencia en el ejercicio de sus funciones de abogacía de la competencia analizó el proyecto en mención de cara a la protección de la libre competencia económica y presentó algunas consideraciones en relación con aspectos de la actualización propuesta. En particular, se resaltó como aspecto positivo que la propuesta se elaborara en razón a las lecciones aprendidas por parte del regulador durante la aplicación de la metodología que se pretende derogar. Sin embargo, se hicieron recomendaciones a efectos de considerar posibles mejoras en cada una de las etapas contempladas en la metodología del proyecto (excepto frente a la etapa IV, por no evidenciar ninguna incidencia sobre el mercado y la libre competencia). Igualmente, se realizó un pronunciamiento frente a la propuesta de fijación del precio a nivel mayorista, en el sentido de advertir que esto puede generar distorsiones en los demás eslabones de la cadena, especialmente en la comercialización a del nivel minorista.