Mediante sentencia del 13 de diciembre de 2023, en el marco del proceso jurisdiccional de acción de protección al consumidor, se evidenció que la sociedad FINSOCIAL S.A.S. vulneró los derechos del consumidor, por falla en la información, protección contractual y calidad e idoneidad por un crédito.
La Delegatura precisó que las fallas de calidad e idoneidad, son directamente proporcionales a la información que se brinda del servicio; es decir, si no se brinda información explicita respecto a la forma en la que se van a realizar los cobros y el consumidor no autoriza dichos descuentos, se estarían violando las condiciones de calidad e idoneidad del servicio.