El 27 de mayo de 2022, NEGOCIOS E INVERSIONES MONTESUR S.A.S. solicitó el registro de la marca SUPER CONSTRUCTOR COMADERAS (Mixta) para distinguir servicios comprendidos en la Clase 35 Internacional. Una vez publicada en la Gaceta de la Propiedad Industrial 979, la sociedad SODIMAC COLOMBIA S.A., presentó oposición con fundamento en las causales de irregistrabilidad contenidas en los literales a) y h) del artículo 136 de la Decisión 486. Realizado el análisis de registrabilidad se esclareció en primer lugar que la palabra CONSTRUCTOR considerada de manera aislada no es susceptible de apropiación. Por ende, dicha palabra se encuentra en varios signos vigentes que identifican servicios relacionados con construcción que coexisten con la marca opositora.
Sin embargo, se precisó que a pesar de ser una marca que ostenta el carácter de notoria, no es procedente la exclusividad de la denominación aislada CONSTRUCTOR. En virtud de lo expuesto, mediante Resolución 58817 de 28 de septiembre de 2023 se reconoció la notoriedad del signo, declaró infundada la oposición presentada por SODIMAC COLOMBIA S.A y concedió el registro de la marca SUPER CONSTRUCTOR COMADERAS (Mixta) para distinguir para distinguir servicios comprendidos en la Clase 35.