La Superintendencia de Industria y Comercio mediante sentencia del 12 de noviembre de 2019, proferida en el marco de una acción de protección al consumidor declaró que la sociedad SODEXO SERVICIOS DE BENEFICIOS E INCENTIVOS COLOMBIA S.A. había vulnerado los derechos del consumidor toda vez que emitió unos bonos contrariando lo dispuesto en la Circular 006 de 2014.
La citada circular prevé que los bonos tendrán mínimo una vigencia de un (1) año y, las partes podrán pactar plazos diferentes pero nunca inferiores, no obstante, en el curso del proceso judicial se encontró probado que la sociedad SODEXO SERVICIOS DE BENEFICIOS E INCENTIVOS COLOMBIA S.A. emitió bonos con una vigencia de seis (6) meses, razón por la cual infringió lo dispuesto en la Circular 006 de 2014.
Por lo tanto, ante la violación de los derechos establecidos en el Estatuto del Consumidor, la Superintendencia condenó a la sociedad SODEXO SERVICIOS DE BENEFICIOS E INCENTIVOS COLOMBIA S.A. a emitir unos nuevos bonos en la suma de seiscientos mil pesos ($600.000) y con vigencia de un (1) año, además, por considerar que se había incumplido un deber legal, impuso una multa razonada y proporcional en la suma de UN MILLÓN SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA Y DOS PESOS ($1.656.232) M/cte, equivalentes a DOS SALARIOS MINIMOS LEGALES MENSUALES VIGENTES.