El portal web Colombia Reports utilizó la foto del rostro de una periodista para expresar una opinión sobre un medio de comunicación sin su autorización, afectado sus derechos fundamentales a la honra y al buen nombre y su carrera profesional.
La foto de la imagen facial de una persona es un dato biométrico. Su uso y Tratamiento, como regla general, debe ser autorizado de manera previa, expresa e informada por el Titular de la información. La Constitución garantiza la libertad de expresión, pero no avala el “libertinaje de expresión” o la “irresponsabilidad de expresión”. La libertad de expresión no puede convertirse en una herramienta para menoscabar los derechos de los demás y desconocer la dignidad humana. Quienes hacen uso de dicha libertad deben obrar de manera ética, lícita y responsable (artículo 95 de la Constitución Política).
La Superintendencia de Industria y Comercio no está autorizada por la Ley para ordenar el bloqueo de los contenidos relacionados con libertad de expresión, como lo son las opiniones y los reportajes periodísticos que se publican en internet, redes sociales digitales o cualquier otro medio.