En el marco del proceso jurisdiccional de acción de protección al consumidor, se determinó que las sociedades VICTORIA ADMINISTRADORES S.A.S. y FIDEICOMISO P.A. SANTA LUCIA DE ATRIZ representada por su vocera y administradora FIDUCIARIA BANCOLOMBIA S.A., vulneraron los derechos de los consumidores relacionados con las normas que regulan la garantía legal, debido al incumplimiento contractual en cuanto a la entrega del bien.
Esta Entidad, en ejercicio de sus facultades jurisdiccionales, resaltó que la compañía vocera del patrimonio autónomo tiene la calidad de proveedora, ya que ofreció servicios fiduciarios en el mercado inmobiliario y participó en la cadena de consumo consistente en la tradición del inmueble, por lo que concluyó que a su cargo también está la obligación solidaria de responder por la garantía, a tono con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 de la Ley 1480 de 2011.