Mediante Resolución 748 del 24 de enero de 2024, esta Superintendencia reconoció la notoriedad de la marca figurativa de REEBOK INTERNATIONAL LIMITED para identificar calzado, artículos de vestir, sombrerería, zapatos atléticos y ropa atlética, por el período comprendido entre enero de 2017 y septiembre de 2022. Esto, en el marco de la oposición interpuesta por dicha sociedad contra la solicitud de registro de la marca figurativa para distinguir productos comprendidos en la Clase 25 de la Clasificación Internacional de Niza, radicada por HIT BRANDS, S.A.
Lo anterior, sumado al hecho de que el sigo solicitado pretendía identificar los mismos productos ya registrados, derivó en que la solicitud se encontrara inmersa en las causales de irregistrabilidad contempladas en los literales a) y h) del artículo 136 de la Decisión 486 de la Comisión de la Comunidad Andina.