El Grupo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial es una dependencia de la Delegatura para Asuntos Jurisdiccionales encargada de tramitar las acciones preventivas, declarativas y de condena que los afectados por actos de competencia desleal promuevan ante la SIC. También se tramitan ante este grupo los procesos de Infracción de derechos de Propiedad Industrial, que corresponden a trámites cuya competencia fue asignada a la SIC por el Código General del Proceso (Ley 1564 de 2012).
Al igual que las demás dependencias de la Delegatura, en el Grupo de Competencia Desleal y Propiedad Industrial se tramitan demandas judiciales que se adelantan a través del proceso verbal previsto en el Código General del Proceso, en desarrollo de las facultades jurisdiccionales atribuidas a esta Entidad.
Tenga en cuenta que las demandas de competencia y desleal y propiedad industrial deben ser presentadas a través de abogado.
El Régimen de Competencia contempla los actos de Competencia Desleal establecidos en la Ley 256 de 1996 que afecten o tengan impacto en el mercado:
El Régimen de Propiedad Industrial, a través de la Decisión 486 de 2000, contempla una serie de derechos que son objeto de titularidad que pueden ser susceptibles de ser vulnerados por parte de terceros: