PRESENTACIÓN DE LA INFORMACIÓN
De conformidad con el numeral 2.2.3 de la Resolución No. 2751 de 2021 de esta Superintendencia, “Reserva de los documentos o la información”, se debe allegar el resumen no confidencial de los procedimientos de "notificación" y "pre-evaluación fase I y fase II" junto con sus anexos, de acuerdo con lo dispuesto en la Constitución Política y en la ley, para su debida incorporación documental en la información pública del expediente. En caso de remitirse información en formato digital la misma debe ser separada respondiendo a la anterior directriz, es decir, en unidades digitales independientes la información pública de la reservada.
PAGO DE LA TASA DE INTEGRACIONES
Creada mediante el Artículo 152 de la Ley 2010 de 2019 y fijada en la Resolución 632 de 2023.
Lo anterior, teniendo en cuenta que la Resolución 632 de 2023 está en vigencia a partir del 18 de enero del presente año.
Los pagos podrán hacerse mediante transferencia electrónica o mediante consignación bancaria a la cuenta corriente # 06275438-7 del Banco de Bogotá a nombre de la Superintendencia de Industria y Comercio. Para instrucciones acerca del pago en una sucursal bancaria click aquí.