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Inicio de autorización de integración

  • Clasificación: Autorización de integración empresarial

    Fecha: Memorando traslado cero papel del 2 de abril de 2024

    Publicada: 2 de abril de 2024

    Intervinientes: DV CARE NETHERLANDS B.V. y FRESENIUS MEDICAL CARE COLOMBIA S.A.

    Resumen:

    Con radicación No. 24-139750 del veintisiete (27) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), DV CARE NETHERLANDS B.V. y FRESENIUS MEDICAL CARE COLOMBIA S.A. presentaron una solicitud de pre-evaluación consistente en:

    “Los Vendedores son propietarios del cien por ciento (100%) de las acciones suscritas y en circulación de Fresenius Colombia, una sociedad constituida bajo las leyes de la República de Colombia.

    De acuerdo con el Contrato de Compraventa de Acciones (en adelante, el “SPA” por sus siglas en inglés) celebrado entre DV Care y el Grupo Fresenius, la Transacción resultará en que DV Care adquiera la totalidad de las acciones suscritas y en circulación de Fresenius Colombia, actualmente de propiedad de los Vendedores. Por lo tanto, como resultado de la Transacción, DV Care adquirirá control exclusivo y directo sobre Fresenius Colombia y sus actividades económicas en el territorio colombiano.”

    En aplicación del artículo 17 de la Ley No 1340 de 2009, modificado por el artículo 156 del Decreto Ley 19 de 2012, se publica en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio el inicio de un procedimiento de autorización de una integración empresarial.

    Radicado No. 24-139750

  • Clasificación: Autorización de integración empresarial.

    Fecha: Memorando traslado cero papel del 19 de marzo de 2024.

    Publicada: 19 de marzo de 2024.

    Intervinientes: WINNER GROUP S.A. y GI SAN PEDRO S.A.S.

    Resumen:

    Con radicación No. 24-116760 del quince (15) de marzo de dos mil veinticuatro (2024), WINNER GROUP S.A. y GI SAN PEDRO S.A.S. presentaron una solicitud de pre-evaluación consistente en: “La Operación Proyectada supone que la adquisición por parte de Winner de un (1) establecimiento de comercio de San Pedro en el municipio de Armenia identificado como “GI San Pedro Casino Armenia”. La capacidad y ubicación de este casino se detalla en la Tabla No 3, a continuación: Establecimiento: GI San Pedro Casino Armenia Municipio: Armenia Dirección: Cll 21 #14-45 Local 1 Piso 2 No. de METs: (…) Con la venta (…), San Pedro dejaría de participar en el mercado de la operación y explotación de los juegos de suerte y azar localizados a través de casinos con máquinas electrónicas tragamonedas.” En aplicación del artículo 17 de la Ley No 1340 de 2009, modificado por el artículo 156 del Decreto Ley 19 de 2012, se publica en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio el inicio de un procedimiento de autorización de una integración empresarial.

    Radicado No. 24-116760

  • Clasificación: Autorización de integración empresarial.

    Fecha: Memorando traslado cero papel del 4 de marzo de 2024.

    Publicada: 4 de marzo de 2024.

    Intervinientes: UPL COLOMBIA S.A.S. y CORTEVA AGRISCIENCE DE COLOMBIA S.A.S.

    Resumen:

    Con radicación No. 24-43762 del treinta y uno (31) de enero de dos mil veinticuatro (2024), complementado mediante oficios de respuesta a Requerimiento de información de la Entidad, radicados con los Nos. 24-43762-7 y 24-43762-13 del diecinueve (19) y veintinueve (29) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), respectivamente, UPL COLOMBIA S.A.S. y CORTEVA AGRISCIENCE DE COLOMBIA S.A.S. presentaron una solicitud de pre-evaluación consistente en: “La operación propuesta (…) consiste en una adquisición por parte de UPL Mauritius Limited (…) de ciertos y determinados activos compuestos por licencias, fórmulas, registros y marcas relacionadas con el segmento de fungicidas de componente único Mancozeb (…) de propiedad indirecta de Corteva LLC en varias jurisdicciones a nivel mundial a través de diferentes sociedades (…). La operación también implicará el acceso a la tecnología Rainshield de Corteva LLC” En aplicación del artículo 17 de la Ley No 1340 de 2009, modificado por el artículo 156 del Decreto Ley 19 de 2012, se publica en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio el inicio de un procedimiento de autorización de una integración empresarial.

    Radicado No.24-43762

  • Clasificación: Autorización de integración empresarial

    Fecha: Memorando traslado cero papel del 28 de febrero de 2024.

    Publicada: 28 de febrero de 2024

    Intervinientes: DROGUERÍAS Y FARMACIAS CRUZ VERDE S.A.S. e INVERSIONES CAMOZ S.A.S.

    Resumen:

    Con radicación No. 24-83676 del veintiséis (26) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), DROGUERÍAS Y FARMACIAS CRUZ VERDE S.A.S. e INVERSIONES CAMOZ S.A.S. presentaron una solicitud de pre-evaluación consistente en: “(…) la Transacción Propuesta consistirá en la compraventa de activos en virtud de la cual Cruz Verde adquirirá un conjunto de activos tangibles e intangibles de Camoz, dentro de los cuales se encuentran: (i) activos operacionales: corresponde al mobiliario, los equipos y en general, los bienes muebles vinculados a las droguerías comprendidas dentro de la transacción, (ii) activos intangibles: comprende los activos intangibles asociados a las droguerías comprendidas en la transacción, como son los derechos de arrendamiento sobre los inmuebles cuyo interior se sitúan las droguerías, signos distintivos, derechos marcarios, nombres comerciales, lemas, enseñas, derechos de imagen comercial, entre otros y (iii) inventario existente con excepción de productos con calidades especificas (próximos a vencer, productos mermados, productos vencidos y/o averiados, fraccionados, etc.)” En aplicación del artículo 17 de la Ley No 1340 de 2009, modificado por el artículo 156 del Decreto Ley 19 de 2012, se publica en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio el inicio de un procedimiento de autorización de una integración empresarial.

    Radicado No.24-83676

  • Clasificación: Autorización de integración empresarial

    Fecha: Memorando traslado cero papel del 20 de febrero de 2024

    Publicada: 20 de febrero de 2024

    Intervinientes: DROGUERÍAS Y FARMACIAS CRUZ VERDE S.A.S., DROGAS SMART S.A.S. y JR SMART S.A.S.

    Resumen:

    Con radicación No. 24-67536 del quince (15) de febrero de dos mil veinticuatro (2024), DROGUERÍAS Y FARMACIAS CRUZ VERDE S.A.S., DROGAS SMART S.A.S. y JR SMART S.A.S presentaron una solicitud de preevaluación consistente en: “(…) la Transacción Propuesta consistirá en la compraventa de activos en virtud de la cual Cruz Verde adquirirá un conjunto de activos tangibles e intangibles de Smart, dentro de los cuales se encuentran: (i) activos operacionales: corresponde al mobiliario, los equipos y en general, los bienes muebles vinculados a las droguerías comprendidas dentro de la transacción, (ii) activos intangibles: comprende los activos intangibles asociados a las droguerías comprendidas en la transacción, como son los derechos de arrendamiento sobre los inmuebles cuyo interior se sitúan las droguerías, signos distintivos, derechos marcarios, nombres comerciales, lemas, enseñas, derechos de imagen comercial, entre otros y (iii) inventario existente con excepción de productos con calidades especificas (próximos a vencer, productos mermados, productos vencidos y/o averiados, fraccionados, etc.). Como resultado de la Transacción, Cruz Verde adquirirá los activos operacionales e intangibles de Drogas Smart S.A.S. y JR Smart S.A.S” En aplicación del artículo 17 de la Ley No 1340 de 2009, modificado por el artículo 156 del Decreto Ley 19 de 2012, se publica en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio el inicio de un procedimiento de autorización de una integración empresarial.

    Radicado No.24-67536