De acuerdo con el mandato prescrito en la Ley 1480 de 2011, es una obligación de la Red Nacional de Protección al Consumidor, recibir y dar traslado de todas las reclamaciones administrativas en materia de consumo, que los ciudadanos en el efectivo ejercicio de sus derechos consideren o pretendan presentar.
Por tal razón, en los canales de atención dispuestos por la RNPC (Casas y Rutas del Consumidor) la ciudadanía en general puede presentar sus peticiones quejas y/o recursos, los cuales podrán dirigirse ya sea a la Superintendencia de Industria y Comercio o alguna de las entidades que tengan asignadas funciones en materia de protección al consumidor.
De otra parte, si un ciudadano considera que tiene un problema con la garantía de un bien o un servicio adquirido con un productor y/o proveedor de bienes o servicios legalmente constituido, la RNPC orientará de acuerdo con el caso en concreto, su decisión de reclamar y/o demandar en el efectivo ejercicio de sus derechos.
Este servicio es prestado por las Casas del Consumidor de Bienes y Servicios y la Ruta Nacional de Protección al Consumidor.
Recuerde que acudir a la Red Nacional de Protección al Consumidor es muy fácil y lo puede hacer desde cualquier lugar del territorio nacional dirigiéndose a las alcaldías quienes tiene la función de proteger al consumidor en su municipio, a las Casas del Consumidor, a la Ruta del Consumidor, al micrositio Red nacional de protección al consumidor o a la línea gratuita nacional 018000-910165 de lunes a sábado 7:00h a 19:00h.
En cualquiera de estos sitios, físico o virtual, usted podrá radicar sus quejas o demandas, así como recibir orientación.
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