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Propiedad Industrial

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Denominaciones de origen

Información Básica

¿Qué son las denominaciones de origen?

 
¿Qué es una denominación de origen?

Una denominación de origen es el nombre o indicación de un lugar geográfico, que puede ser un país o región determinada, que designa un producto que por ser originario de dicha región y por las costumbres de producción o trasformación de sus habitantes, tiene unas características y/o reputación que lo hacen diferente de los productos semejantes provenientes de otros lugares geográficos.

¿Quién puede solicitar la declaratoria de protección de una denominación de origen?

Lo podrán hacer quienes demuestren legítimo interés, es decir, las personas naturales o jurídicas que directamente se dediquen a la extracción, producción, elaboración del producto o productos que se pretenden amparar con la denominación de origen.

¿Quiénes pueden ser los titulares de la denominación de origen?

Por ser un derecho colectivo, el titular es el Estado Colombiano en Cabeza de la SIC, pero esta puede delegar la "administración" de la denominación de origen a entidades públicas o privadas que representen a las personas que se dedican a la extracción, producción o elaboración de los productos identificados con la denominación de origen.

¿Cuál es la diferencia entre la declaración de protección de una denominación de origen y el registro de una marca?

La diferencia fundamental radica en que para registrar una marca no se necesita que esta haya sido usada o que haya alcanzado algún estatus especial, por ende su derecho nace a partir del registro. En cambio, la declaración de protección de la denominación de origen es el reconocimiento que hace el Estado al posicionamiento de un producto con un nombre geográfico que ostenta unas calidades gracias a su origen geográfico y a sus factores humanos, y que han sido sostenidas y controladas a lo largo del tiempo.

¿Qué normas deben consultarse para conocer acerca de los trámites para la protección de una denominación de origen?

La legislación vigente en materia de signos distintivos está contenida en la Decisión 486 de 2000 de la Comisión de la Comunidad Andina, norma aplicable a todos los países miembros de la Comunidad Andina. En esta materia, la Decisión tiene su reglamentación en el Decreto Reglamentario No. 3081 de 2005 ,en la Resolución No. 57530 de 2012 y la Circular Única que contiene el conjunto de directrices que guían a los usuarios acerca de la manera cómo se debe adelantar los trámites de propiedad industrial.

Protección que se otorga a las denominaciones de origen

¿Qué protege?

El reconocimiento o reputación de un producto de varias personas que ha sido adquirida gracias a su esfuerzo colectivo para mantener las cualidades del producto que se derivan de su zona geográfica.

¿Por cuánto tiempo se protege?

La vigencia de la declaración de la protección de la Denominación de Origen estará determinada por la subsistencia de las condiciones que hacen que el producto tenga las cualidades reconocidas.

¿Al obtener la protección de una denominación de origen en Colombia, se hace extensivo a otros países?

La protección de una denominación de origen está limitada al país en el cual se ha otorgado. Por lo tanto, la protección de denominaciones de origen en el extranjero no se entienden protegidas en el territorio colombiano ni las solicitudes colombianas se entienden protegidas en el extranjero.

¿Cuál es la diferencia entre solicitar una declaración de protección y solicitar un reconocimiento de protección?

La declaración de protección corresponde a solicitudes en las que aún no existe el derecho de propiedad industrial. La SIC es la Entidad que "declara" que el derecho existe, previo un procedimiento administrativo en el que se deben demostrar los aspectos técnicos para determinar si se ajustan, o no, a la definición de Denominación de Origen.

Por su parte, el reconocimiento de protección corresponde a Denominaciones de Origen que están protegidas en su país de origen y buscan protección en nuestro país. Es un reconocimiento, porque ya hubo una autoridad competente que declaró que se trata de una Denominación de Origen y lo que procede es un reconocimiento de dicha Denominación en virtud de un Convenio Internacional.

Documentos para el registro de denominaciones de origen

 
¿Qué información y documentos debe contener la solicitud de declaración de protección?
Información:
  • Nombre, domicilio, residencia y nacionalidad del o los solicitantes; así como la demostración de su legítimo interés.
  • Denominación de origen objeto de la declaración.
  • Zona geográfica delimitada de producción, extracción o elaboración del producto que se designa con la denominación de origen.
  • Los productos designados por la designación de origen.
  • Nombre, dirección y domicilio del apoderado.
  • Poder debidamente otorgado o mención de su protocolización.
Documentos:
  • Reseña de las calidades, reputación u otras características esenciales de los productos designados por la denominación de origen.
  • Pruebas que demuestren que las cualidades o características del producto se deben exclusivamente o esencialmente al medio geográfico en el cual se produce incluidos los factores naturales o humanos.
  • En caso de actuar por intermedio de apoderado, el poder en el que se haga referencia a una o más solicitudes debidamente identificadas, o a todas las solicitudes y/o registros existentes o futuros del poderdante, sin necesidad de presentación personal, autenticación o legalización.
  • Recibo de pago.

Solicitud y costos del registro de denominaciones de origen

¿Es obligatorio utilizar el formulario de la SIC?

No es obligatorio utilizar el formulario de la SIC, se puede utilizar otro formato que cumpla con los requisitos mínimos contenidos en el que ofrece la SIC.

¿El formulario tiene algún costo?

No. El Formulario es gratuito.

¿Existen otros medios de radicación de las solicitudes de registro diferentes a su presentación en papel ante la SIC?

Sí. Las radicaciones de solicitudes pueden efectuarse directamente ante la Superintendencia de Industria y Comercio en el Centro de Documentación e Información, ó a través del SIPI. Si se encuentra fuera de Bogotá puede presentar la solicitud en las casas del consumidor.

¿En qué idioma se presenta la solicitud?

El idioma oficial para presentar la solicitud de un signo distintivo es el español. Los documentos en otro idioma deberán aportarse con su traducción simple.

¿La declaración de protección de una denominación de origen tiene algún costo?

Sí. Las tasas de Propiedad Industrial se encuentran establecidas en la Resolución de Tasas.

¿El pago realizado por la solicitud de registro de un lema comercial es reembolsable?

No, el dinero no es reembolsable por cuanto el inicio de los trámites de Propiedad Industrial genera gastos administrativos que son cubiertos por el pago de una tasa que se causa al momento de la presentación de la solicitud. Es así como cada año se fijan las tarifas para los diferentes trámites que se surten en la Delegatura para la Propiedad Industrial.

¿Cuál es el proceso de declaración de una denominación de origen?

Etapas del proceso de declaración de protección de una denominación de origen.
¿Qué etapas debe cumplir la solicitud?

El proceso de la declaración de protección de una denominación de origen está enmarcado en las siguientes etapas:

Examen de forma:
  • A la solicitud se le realiza un examen formal (30 días hábiles) para verificar el cumplimiento de requisitos previstos en la legislación.
  • Si hay algún requisito de forma que no se cumpla, la SIC requerirá al interesado para que se completen los elementos faltantes en un plazo de 60 días hábiles contados desde la fecha de notificación.
  • Si el interesado no completa los elementos faltantes dentro del término legal otorgado, la solicitud se considerará abandonada.
  • Si la solicitud cumple los requisitos pasa a la siguiente etapa que es la publicación.
Publicación:
  • La publicación es un medio de difusión que tiene por objeto permitir a los titulares de signos distintivos o de otros derechos de propiedad intelectual válidamente protegidos, oponerse a la solicitud de registro de la denominación de origen que se está publicando en la Clasificación Internacional de Niza.
  • La denominación de origen solicitada estará publicada en la Gaceta durante 30 días hábiles. En estos días los terceros arriba mencionados tienen la posibilidad de presentar la oposición.
Oposiciones:
  • Debe presentarse en el Formulario Único de Oposición (que se encuentra en la página web de la Entidad), indicando los datos relativos al opositor y a la solicitud contra la cual se interpone la oposición, así como los fundamentos con los que se pretende desvirtuar la protección de la denominación de origen. Al escrito debe anexar el recibo oficial de pago de la tasa de oposición (que se encuentra en la resolución de Tasas) y si es del caso, las demás tasas que corresponda (prórroga de términos).
  • Si el opositor actúa en calidad de representante legal de una persona jurídica, y la SIC no logra verificar dicha calidad en los registros públicos de las Cámaras de Comercio o actúa mediante apoderado y éste no aporta el respectivo poder conferido en legal forma, se efectuará un requerimiento para que complete los documentos dentro de los dos meses siguientes. En caso de no dar respuesta satisfactoria al requerimiento, se entenderá desistida la oposición y se procederá a su archivo.
  • Si se presenta la oposición sin indicar los datos esenciales relativos al opositor y a la solicitud, o si se presenta extemporáneamente y/o no se pagan las tasas de tramitación correspondientes, se expedirá un oficio que inadmite la oposición.
Contestación de oposición:
  • El solicitante cuenta con un término de 30 días hábiles contados a partir de la fecha en la que le es notificada la oposición, para dar respuesta a la misma.
  • No es obligatorio responder la(s) oposición(es) pero se recomienda hacerlo.

Examen de fondo:

  • Vencido el término para formular oposiciones, la SIC procede a verificar la información sustancial suministrada en la solicitud. Si considera que debe corroborar la información, lo puede hacer directamente practicando visitas al sitio geográfico correspondiente, o puede oficiar a una entidad pública que posea la capacidad de llevar a cabo un estudio específico si lo requiere, o puede solicitar la información, en virtud del artículo 143 de la Decisión 486, al solicitante.

Declaración e inscripción en el registro:

  • El examen realizado se expresa mediante una Resolución en la cual se resuelve si la SIC declara o no la protección de la denominación de origen.
  • Si la resolución consiste en declaración de protección la SIC expedirá un certificado de registro una vez quede en firme la resolución de protección.
Recursos:
  • Contra la decisión proferida el solicitante o el opositor tienen la posibilidad de interponer los recursos de reposición (ante el Superintendente Delegado para la Propiedad Industrial) y en subsidio de apelación (ante el Superintendente de Industria y Comercio), dentro de los 10 días siguientes a la notificación de la resolución de negación.

Delegación de facultad de las denominaciones de origen

Delegación de facultad de autorizar el uso
¿A quién se le puede delegar la facultad de autorizar el uso de una denominación de origen?

La facultad de autorizar el uso de una denominación de origen puede ser delegada en las entidades públicas o privadas que representen a los beneficiarios de dichas denominaciones.

¿Cuáles son los requisitos de la solicitud de delegación de la facultad de autorizar el uso de la denominación de origen?

Esta solicitud debe contener la siguiente información:

  • Descripción del legítimo interés para solicitar la delegación y de la representatividad de los usuarios de la denominación de origen.
  • Descripción de la capacidad financiera y administrativa con que cuenta para la concesión de las autorizaciones de uso.
  • Descripción de las garantías que ofrecen para asegurar que el otorgamiento de la autorización sea objetiva e imparcial respecto de todos los beneficiarios de la denominación de origen.
  • Descripción de las reglas de uso de la denominación de origen desde el método de obtención, fabricación o extracción hasta el envasado, embalaje o etiquetado, que permitan proteger la calidad y garantizar el origen de los productos.
  • Estas reglas deberán comprender al menos la descripción de las características, especificaciones, derechos y obligaciones a los que se sujetan los usuarios autorizados para extraer, producir, envasar, transformar y/o comercializar el producto protegido bajo la denominación de origen.
  • Descripción de los mecanismos y/o entidades de control encargados de garantizar la calidad e idoneidad, y el cumplimiento de las características específicas que deben reunir los productos a identificar con la denominación de origen protegida.
Etapas del proceso
¿Qué etapas debe cumplir la delegación de la facultad de autorizar el uso?

El proceso de delegación de la facultad de autorizar el uso de una denominación de origen está enmarcado en las siguientes etapas:

Examen de forma:
  • Dentro de los 15 días siguientes contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de delegación, se examinará si la misma cumple con los requisitos formales.
  • Si la solicitud no cumple con todos los requisitos, mediante un oficio se informará al solicitante acerca de los requisitos que falta cumplir para que los complete o aclare.
  • Si cumple con los requisitos, se admitirá a trámite la solicitud de delegación.
Estudio de fondo:
  • Admitida a trámite la solicitud, dentro de los 30 días hábiles siguientes a la notificación del oficio de admisión, se realiza el estudio de fondo con fundamento en el cual se adoptará la decisión respectiva. Para tal efecto, se podrán adelantar visitas de inspección o solicitar la expedición de informes y conceptos técnicos así como también la presentación de las pruebas que estime necesarias, para la adopción de la decisión que concede o niegue la delegación.
  • Informe motivado presentado al Superintendente Delegado.
Decisión de la Delegación:
  • Mediante resolución motivada se decidirá sobre la concesión o denegación de la delegación de la facultad de autorizar el uso de la denominación de origen.
  • Si la decisión es desfavorable, se pueden interponer los recursos de reposición y en subsidio apelación ante el Superintendente de Industria y Comercio dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución.
  • En firme la resolución por la cual se conceda la delegación, será publicada con el fin de que surta efectos frente a terceros.
¿Se puede dar por terminada la delegación de autorización de uso de una denominación de origen?

La SIC, en cualquier momento, de oficio o a petición de parte, podrá dar por terminada la delegación de la facultad de autorizar el uso de la denominación de origen protegida, mediante resolución, cuando:

  • Se compruebe la pérdida de las condiciones de vigencia de la declaración de protección de la denominación de origen.
  • Se compruebe que, de manera recurrente, los productos amparados por la denominación de origen carecen de garantía o control en el cumplimiento de sus condiciones.

Solicitud de autorización del uso de las denominaciones de origen

Solicitud de autorización de uso de la denominación de origen protegida
¿Quién puede presentar una solicitud de autorización de uso de una denominación de origen?

La solicitud de autorización de uso de la denominación de origen podrá ser presentada por personas que:

a) Directamente se dediquen a la extracción, producción o elaboración de los productos distinguidos por la denominación de origen.

b) Realicen dicha actividad dentro de la zona geográfica delimitada según la declaración de protección.

¿Ante quién se presenta la solicitud de autorización de uso de la denominación de origen?

La solicitud se presenta ante la Superintendencia de Industria y Comercio.

¿Qué debe contener la solicitud de autorización de uso de la denominación de origen?

Deberá comprender como mínimo el cumplimiento de los siguientes requisitos:

  • Declaración del interés de usar la Denominación de Origen protegida y el conocimiento de las reglas y obligaciones que su uso implica.
  • Si se actúa a través de apoderado, el poder que le da la facultad de presentar la solicitud. Sin necesidad de presentación personal, autenticación o legalización.
  • Si quien solicita autorización de uso de una denominación de origen es una persona jurídica y lo hace por medio de su Representante Legal, la SIC podrá consultar los registros públicos de los Certificados de Existencia y Representación de las Cámara de Comercio.
  • El certificado de conformidad de las calidades y características del producto, especificadas en el acto de declaración de la protección y su reglamento de uso, expedido por cualquiera de los organismos que aplican sistemas de certificación de productos acreditados ante la Superintendencia de Industria y Comercio, o ante un organismo de acreditación miembro del Foro Internacional de Acreditación (International Accreditation Forum, IAF), o por las entidades que la Superintendencia designe.

Etapas del proceso

  • Será otorgada o denegada en un lapso de 15 días hábiles contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud, mediante una resolución motivada.
  • Si la decisión es desfavorable, se puede interponer recurso de reposición y en subsidio de apelación dentro de los 5 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución.
Cuál es la vigencia de la autorización de uso protegida?

Tendrá una duración de diez años, pudiendo ser renovada por períodos iguales.

¿Cómo puedo cancelar la autorización de una denominación de origen?

La SIC puede cancelar, de oficio o a solicitud de parte, la autorización de uso cuando se demuestre que la misma se utiliza en el comercio de una manera que no corresponde a lo indicado en la declaración de protección respectiva.

 

Cancelación de las denominaciones de origen

Cancelación de la denominación de origen
¿Cuando se cancela la protección de una denominación de origen?

La SIC puede declarar la cancelación de la protección de la denominación de origen si no se mantienen las condiciones que motivaron la declaratoria de protección, tales como: calidad, reputación, factores naturales y humanos derivados del medio geográfico de donde proviene el producto.

La SIC puede modificar la declaración de protección de la denominación de origen cuando cambie cualquiera de las condiciones que dieron origen a la declaración de protección de la denominación de origen.

 

 

 

Denominacion de origen País Resolución

MÜNCHENER BIER

Alemania

50451 del 26 de agosto de 2013

KORN / KORNBRAND

Alemania, Austria y en la comunidad alemano parlante de Bélgica

47223 del 12 de agosto de 2013

JÄGERTEE

Austria 

47226 del 12 de agosto de 2013

INLÄNDERRUM

Austria 

47224 del 12 de agosto de 2013

COMMANDARIA

Chipre

50442 del 26 de agosto de 2013

ZIVANIA

Chipre

47230 del 12 de agosto de 2013

OUZO

Chipre y Grecia

47256 del 13 de agosto de 2013

HABANOS

Cuba

41904 del 29 de junio de 2012

DANABLU

Dinamarca

54534 del 16 de septiembre de 2013

SOMONTANO

España

50441 del 26 de agosto de 2013

PRIORAT

España

50452 del 26 de agosto de 2013

RIBERA DEL DUERO

España

50436 del 26 de agosto de 2013

UTIEL-REQUENA

España

50438 del 26 de agosto de 2013

CATALUÑA

España

50439 del 26 de agosto de 2013

VALDEPEÑAS

España

50437 del 26 de agosto de 2013

EMPORDÁ

España

50440 del 26 de agosto de 2013

RIOJA

España

53520 del 5 de septiembre de 2013

JEREZ-XÉRÈS-SHERRY

España

53505 del 5 de septiembre de 2013

RUEDA

España

50435 del 26 de agosto de 2013

PRIEGO DE CÓRDOBA

España

50446 del 26 de agosto de 2013

TURRON DE ALICANTE

España

47353 del 13 agosto de 2013

BRANDY DE JEREZ

España

47231 del 12 de agosto de 2013

NAVARRA

España

50434 del 26 de agosto de 2013

ALICANTE

España

53513 del 5 de septiembre de 2013

CAVA

España

55187 del 18 de septiembre de 2013

LA MANCHA

España

47341 del 13 de agosto de 2013

MÁLAGA

España

50433 del 26 de agosto de 2013

RÍAS BAIXAS

España

51730 del 29 de agosto de 2013

VALENCIA

España

47325 del 13 de agosto de 2013

QUESO IDIAZÁBAL

España 

54535 del 16 de septiembre de 2013

Suomalainen Vodka / Finsk Vodka / Vodka of Finland

Finlandia

47233 del 12 de agosto de 2013

Suomalainen Marjalikööri / Suomalainen Hedelmälikööri / Finsk Bärlikör / Finsk Fruktlikör / Finnish berry liqueur / Finnish fruit liqueur

Finlandia

47232 del 12 de agosto de 2013

COGNAC

Francia

47234 del 12 de agosto de 2013

BOURGOGNE

Francia

47342 del 13 de agosto de 2013

CHABLIS

Francia

51732 del 29 de agosto de 2013

MÉDOC

Francia

51748 del 29 de agosto de 2013 

MOSELLE

Francia

51749 del 29 de agosto de 2013

HAUT MÉDOC

Francia

51739 del 29 de agosto de 2013

CÔTES DU RHÔNE

Francia

51736 del 29 de agosto de 2013

Coteaux du Languedoc/Languedoc

Francia

51745 del 29 de agosto de 2013

CÔTES DU ROUSSILLON

Francia

51738 del 29 de agosto de 2013

PRUNEAUX D´AGEN - PRUNEAUX DÁGEN MI-CUIT

Francia

50443 del 26 de agosto de 2013

CHÂTEAUNEUF DU PAPE

Francia

51734 del 29 de agosto de 2013

CÔTES DE PROVENCE

Francia

51735 del 29 de agosto de 2013

REBLOCHON/REBLOCHON DE SAVOIE

Francia

54538 del 16 de septiembre de 2013

BRIE DE MEAUX

Francia

54550 del 16 de septiembre de 2013

EMMENTAL DE SAVOIE

Francia

54537 del 16 de septiembre de 2013

CHAMPAGNE

Francia

53516 del 5 de septiembre de 2013

BEAUJOLAIS

Francia

51753 del 29 de agosto de 2013

ALSACE

Francia

51750 del 29 de agosto de 2013

ROMANÉE-SAINT- VIVANT

Francia

51760 del 29 de agosto de 2013

SAINT-EMILION

Francia

53510 del 5 de septiembre de 2013

VAL DE LOIRE

Francia

53517 del 5 de septiembre de 2013

TOURAINE

Francia

53515 del 5 de septiembre de 2013

ARMAGNAC

Francia

47235 del 12 de agosto de 2013

HUILE D´OLIVE DE HAUTE - PROVENCE

Francia

47344 del 13 de agosto de 2013

ANJOU

Francia

51751 del 29 de agosto de 2013

CALVADOS

Francia

47236 del 12 de agosto de 2013

FRONTON

Francia

51756 del 29 de agosto de 2013

GRAVES

Francia

51757 del 29 de agosto de 2013

CADILLAC

Francia

51754 del 29 de agosto de 2013

POMMARD

Francia

51759 del 29 de agosto de 2013

RHUM DE LA MARTINIQUE

Francia

47237 del 12 de agosto de 2013

MAURY

Francia

51758 del 29 de agosto de 2013

SAINT - JULIEN

Francia

53511 del 5 de septiembre de 2013

SAUTERNES

Francia

55185 del 18 de septiembre de 2013

CANARD À FOIE GRAS DU SUD-OUEST

Francia

50444 del 26 de agosto de 2013

HUÎTRES MARENNES OLÉRON

Francia

47354 del 13 de agosto de 2013

JAMBON DE BAYONNE

Francia

47347 del 13 de agosto de 2013

HUILE ESSENTIELLE DE LAVANDE DE HAUTE-PROVENCE OU ESSSENCE DE LAVANDE DE HAUTE-PROVENCE.

Francia

47343 del 13 de agosto de 2013

MARGAUX

Francia 

51746 del 29 de agosto de 2013

COMTÉ

Francia 

54536 del 16 de septiembre de 2013

ROQUEFORT

Francia 

55677 del 19 de septiembre de 2013

CAMEMBERT DE NORMANDIE

Francia 

55678 del 19 de septiembre de 2013

BORDEAUX

Francia 

53521 del 5 de septiembre de 2013

FETA

Grecia

54539 del 16 de septiembre de 2013

ALMÁCIGA DE QUÍOS

Grecia

47352 del 13 de agosto de 2013

ELIA KALAMATAS

Grecia

47346 del 13 de agosto de 2013

SITIA LASITHIOU KRITIS

Grecia

47345 del 13 de agosto de 2013

Tokaji/Tokaj

Hungría

53506 del 5 de septiembre de 2013

Irish Whiskey/Uisce Beatha Eireannach/Irish Whisky

Irlanda

50448 del 26 de agosto de 2013

IRISH CREAM

Irlanda

50447  del 26 de agosto de 2013

BARDOLINO SUPERIORE

Italia

53519 del 5 de septiembre de 2013

PROSCIUTTO TOSCANO

Italia

47349 del 13 de agosto de 2013

FRANCIACORTA

Italia

53522 del 5 de septiembre de 2013

Prosciutto di S. Daniele

Italia

47348 del 13 de agosto de 2013

Toscana/Toscano

Italia

53503 del 5 de septiembre de 2013

PARMIGIANO REGGIANO

Italia

55188 del 18 de septiembre de 2013

ACETO BALSAMICO TRADIZIONALE DI MODENA

Italia

50445 del 26 de agosto de 2013

LAMBRUSCO DI SORBARA

Italia

53501 del 5 de septiembre de 2013

GORGONZOLA

Italia

54541 del 16 de septiembre de 2013

GRANA PADANO

Italia

54542 del 16 de septiembre de 2013

ASTI

Italia

47327 del 13 de agosto de 2013

ZAMPONE MODENA

Italia

47351 del 13 de agosto de 2013

MORTADELLA BOLOGNA

Italia

47350 del 13 de agosto de 2013

VINO NOBILE DI MONTEPULCIANO

Italia

53504 del 5 de septiembre de 2013

SOAVE

Italia

53509 del 5 de septiembre de 2013

MONTEPULCIANO D´ABRUZZO.

Italia

53507 del 5 de septiembre de 2013

VERNACCIA DI SAN GIMIGNANO

Italia

53514 del 5 de septiembre de 2013

PROVOLONE VALPADANA

Italia

54543 del 16 de septiembre de 2013

BRUNELLO DI MONTALCINO

Italia

47319 del 13 de agosto de 2013

Chianti

Italia

47322 del 13 de agosto de 2013

LAMBRUSCO GRASPAROSSA DI CASTELVETRO

Italia

47324 del 13 de agosto de 2013

GRAPPA

Italia

47261 del 13 de agosto de 2013

TALEGGIO

Italia

54544 del 16 de septiembre de 2013

PROSCIUTTO DI PARMA

Italia

53502 del 5 de septiembre de 2013

Conegliano Valdobbiadene - Prosecco

Italia

47326 del 13 de agosto de 2013

ORIGINALI LIETUVISKA DEGTINÉ/ORIGINAL LITHUANIAN VODKA

Lituania

47309 del 13 de agosto de 2013

TEQUILA

México

66275 del 29 de noviembre de 2010

BAYERISCHES BIER

Alemania

50450 del 26 de agosto de 2013

POLSKA WÓDKA / POLISH VODKA

Polonia

47266 del 13 de agosto de 2013

DOURO

Portugal

53508 del 5 de septiembre de 2013

Porto/Port/Oporto

Portugal

47340 del 13 de agosto de 2013

VINHO VERDE

Portugal 

53512 del 5 de septiembre de 2013

QUEIJO SERRA DA ESTRELA

Portugal 

54545 del 16 de septiembre de 2013

SCOTCH WHISKY

Reino Unido

47268 del 13 de agosto de 2013

CESKOBUDEJOVICKÉ PIVO

República Checa

50449 del 26 de agosto de 2013

QUINUA REAL DEL ALTIPLANO SUR DE BOLIVIA

República de Bolivia

73717 del 29 de noviembre de 2012

MAIZ GIGANTE BLANCO CUSCO

República del Perú

18624 del 29 de marzo de 2012

CHULUCANAS

República del Perú

66305 del 29 de noviembre de 2010

PISCO

República del Perú

1529 del 1° de febrero de 1999

Vinohradnícka oblast’ Tokaj

República Eslovaca

53518 del 5 de septiembre de 2013

SVENSK VODKA / SWEDISH VODKA

Suecia

47301 del 13 de agosto de 2013

Denominacion de origen País Resolución

Manuales

Productos con Denominación de Origen

Café de colombia

Producto:

Café de colombia

Solicitante:

Federación Nacional de Cafeteros de Colombia

Resolución:

4819 de 4 de marzo de 2005

Café de Nariño

Producto:

Café

Solicitante:

Federación Nacional de Cafeteros de Colombia

Declaración:

Resolución 6093 de 11 de febrero de 2011

Caracteristicas :

Café de la especie arábiga, de alta acidez, cuerpo medio, notas dulces, limpio, suave y aroma muy pronunciado, que es producido en la zona geográfica delimitada, mediante procesos homogéneos de recolección manual selectiva, beneficio por la vía húmeda, trilla y clasificación manual.
 

Café de Cauca

Producto:

Café

Solicitante:

Federación Nacional de Cafeteros de Colombia

Declaración:

Resolución 41788 de 10 de agosto de 2011

Características:

Café de la especie arábiga, de fragancia y aromas muy fuertes y acaramelados, y en taza presenta acidez alta, cuerpo medio, impresión global balanciada, limpia, suave con algunas notas dulces y florales, que es producido en la zona geográfica delimitada, mediante procesos homogéneos.

Café del Huila

Producto:

Café

Solicitante:

Federación Nacional De Cafeteros-Fondo Nacional Del Café

Declaración:

Resolución 17989 de 16 de abril de 2013

Características:

Café de la especie arábiga lavado, suave que crece en la zona de producción cafetera ya definida, y que, procesado, se caracteriza sensorialmente por poseer una impresión global balanceada, con notas dulces, acidez y cuerpo medio/alto, fragancia/aroma intenso cons sensaciones frutales y acarameraladas, que es cultvado en la zona geográfica delimitada mediante procesos homogéneos.

Café de Santander

Producto:

Café

Solicitante:

Federación Nacional De Cafeteros

Declaración:

Resolución es la 50042 del 25 de agosto de 2014

Características:

Café arábigo lavado suave que crece en la zona de producción definida, se caracteriza sensorialmente por poseer una taza limpia y balanceada con cuerpo medio/alto; acidez media, con sabores dulces, herbales, frutales y con ligeras sensaciones cítricas. En su fragancia se perciben notas dulces y herbales.
 

Café de la Sierra Nevada

Producto:

Café

Solicitante:

Federación Nacional De Cafeteros

Declaración:

Resolución 2484 de 30 de enero de 2017

Características:

Café arábigo lavado suave que crece en la zona de producción cafetera específica definida, se caracteriza sensorialmente por poseer taza limpia y balanceada con cuerpo medio – alto y uniforme; acidez media, con sabores asimilables a chocolate. En su fragancia y aroma se perciben notas dulces y anuezadas.

Café del Tolima

Producto:

Café

Solicitante:

Federación Nacional De Cafeteros

Declaración:

Resolución 2458 del 30 de enero de 2017

Características: 

Café arábigo lavado suave que crece en la zona de producción específica definida, se caracteriza sensorialmente por poseer taza con acidez y cuerpo medio - alto, limpia, suave, con balance y sabores diversos en el espectro de los dulces, combinados con sensaciones cítricas y frutales.
 

Cholupa del Huila

Producto:

La Cholupa

Solicitante:

Gobernación del Huila - Secretaría de Salud Departamental

Declaración:

Resolución 43536 de 21 diciembre de 2007

Caracteristicas:

El fruto es de forma redonda, ovoide, con cáscara cariácea, de unos 5 a 9 cm de diámetro y su peso oscila entre 30 a 100 gr. En su interior se localizan numerosas semillas, las cuales van envueltas en un mucílago viscoso y transparente que le da su sabor dulce o ácido, según el grado de madurez.

Queso del Caquetá

Producto:

Quesillo

Solicitante:

Comité Departamental de Ganaderos del Caquetá

Declaración:

Resolución 68463 de 30 de noviembre de 2011

Características:

Quesillo y doble crema no ácido, de alta salinidad, blando y graso, con sabor a leche fresca y aroma penetrante. Bloques rectangulares o cuadrados de 10, 5, 2 y 0.5 kls en barras de 200 gramos de color blanco brillante. La apariencia interna se caracteriza por las capas de hilado, con textura blanda, homogénea, suave y consistente y cuyo color es homogéneo con el externo.

Queso Paipa

Producto:

Quesos

Solicitante:

DTS Alcaldía Municipal de Paipa

Declaración:

Resolución 70802 de 06 de diciembre de 2011

Caracteristicas:

Predomina el sabor ácido de intensidad moderada y le sigue en importancia el amargo suave. Presenta un aroma entre rancio fuerte y rancio moderado, textura semidura, seca, no se deshace fácilmente cuando se frota entre los dedos, sin arenosidad, no presenta una superficie liza, con ojos que pueden ser de tipo mecánico, de levaduras o de coliformes (pequeños e irregulares).

Bizcocho de Achira del Huila

Producto:

Bizcocho

Solicitante:

Gobernación del Huila

Declaración:

Resolución 23115 de 20 de abril de 2012

Caracteristicas:

Es un producto de forma cilíndrica, con dimensiones variables entre 3 a 8 cm de largo y un diámetro entre 1 a 2 cm, su peso oscila entre 2.6 a 8 gr; su superficie es arenosa y de color amarillo dorado, sin colorante artificial; con aroma suave de lácteo, y sabor lácteo residual; posee una estructura crocante..

Arroz de la meseta de Ibagué

Producto:

Arroz

Solicitante:

Cooperativa Serviarroz Ltda.

Declaración:

Resolución 76532 de 4 de noviembre de 2016

Caracteristicas:

El producto protegido corresponde a las variedades de arroz blanco e integral de la especie Oryza Sativa L., tipo indico, a saber: Oryzica1, Fedearroz 60, coprosem 304, Aceituno San Juan, OR 228, Aceituno Yuma, Acd 2540, Benja 1, Escobal 312 y Panorama 20-08.

Bocadillo Veleño

Producto:

Bocadillo

Solicitante:

Federación de empresarios de la cadena productiva del bocadillo veleño – Fedeveleño

Declaración:

Resolución 37563 de 27 de junio de 2017

Caracteristicas:

Color uniforme; olor y sabor propio de la guayaba procesada y de consistencia firme. Tiene dos (2) capas de guayaba blanca y en el centro, una capa de guayaba roja. Posee una apariencia externa seca, rugosa y opaca, por dentro es brillante y húmedo. Tiene aroma a guayaba madura y a bijao. 

Cangrejo Negro de Providencia

Producto:

Carne con grasa, sin grasa y muelas del
Cangrejo Negro de Providencia.

Solicitante:

Providence Sweet Black Crab Association - ASOCRAB

Declaración:

Resolución 38132 de 21 de agosto de 2019

Características:

Este animal debe ser capturado y transformado al cien por ciento y exclusivamente en la Isla de Providencia.  La carne y sus muelas se caracterizan por ser blandas, cremosas y tienen calidades únicas respecto de su textura y sabor. Su carne tiene un color completamente blanco, el cual garantiza su frescura. Además, no tiene olor fuerte y su sabor no es amargo.

Rosa de Colombia

Producto:

Rosa

Solicitante:

Asociación Colombiana de Exportadores de Flores (ASOCOLFLORES)

Declaración:

Resolución 12076 de 29 de febrero de 2012

Caracteristicas:

El color es la característica más sobresaliente en todas las variedades y la que permite una clasificación rápida; el color de los pétalos, el tallo y las hojas es determinado por la variedad de la que se trate; los tallos de la ROSA DE COLOMBIA se caracterizan por ser rectos y del tamaño óptimo de la cariedad cultivada. para medir el tallo se excluye el botón. La base de los tallos es pareja; existen tres rangos de medidas usuales para el largo del tallo, estas son: entre 30-40, 50-60 y 70-80.

Clavel de Colombia

Producto:

Claveles

Solicitante: 

Asociación Colombiana de Exportadores de Flores (ASOCOLFLORES)

Declaración:

Resolución 53956 de 30 de septiembre de 2011

Caracteristicas:

Flores ornamentales, objeto de un manejo manual e individual en todas sus etapas de producción y que cuentan con condiciones de fijación en intensidad de color en sus botones, tamaño de cabeza, tallo y porte representativo de la variedad, con una capacidad de vida en florero entre los 10 y 15 días.

 

Crisantemo de Colombia

Producto:

Crisantemos

Solicitante:

Asociación Colombiana de Exportadores de Flores (ASOCOLFLORES)

Declaración:

Resolución 12071 del 29 de febrero de 2012

Características:

Este tipo de flores cuentan con un manejo manual e individual en todas sus etapas de producción. Su tallo largo es representativo de la variedad con una longitud aproximada entre 70 a 80 cm. El crisantemo spray, comúnmente conocido como pompón, tiene varias florecillas por tallo; el crisantemo estándar, tiene una flor grande por tallo; tiene una capacidad de vida en florero entre 15 y 20 días.

Sombrero Aguadeño

Producto:

Sombreros

Solicitante:

Alcaldía Municipal de Aguadas

Declaración:

Resolución 69302 de 30 de noviembre de 2011

Caracteristicas:

Son elaborados por artesanos del municipio de Aguadas (Caldas) quienes usan como materia prima la iraca que es cultivada en la zona y procesada por medios homogéneos. Cuenta con una horma esencialmente blanca. La base exterior de la copa generalmente es circular, con superficie plana o ligeramente redondeada. Cuenta con un pliegue a lo largo de todo su diámetro que lo atraviesa de adelante para atrás, por donde se puede doblar para llevarlo más cómodamente.

Sombreros de Sandoná

Producto:

Sombreros

Solicitante:

Gobernación de Nariño

Declaración:

Resolución 69304 de 30 de noviembre de 2011

Caracteristicas:

Se elabora a partir de la iraca cultivada en la zona. Es un producto suave, fuerte y resistente, posee una costura en su borde como refuerzo, además tiene un tejido uniforme y homogéneo que mantiene una horizontalidad y verticalidad pareja.

Sombrero Suaza

Producto:

Sombreros

Solicitante:

Alcaldía del Municipio de Suaza

Declaración:

Resolución 29488 de 1 de junio de 2015.

Caracteristicas:

Sombrero hecho a mano de las hebras de la iraca hembra, que se cultiva en el valle del río Suaza, extraídas de los cogollos que se encuentran a 20 cm del suelo, en un ambiente promedio de 22°C y que transformadas permite obtener un sombrero fino abatanado (tupido) que no permite el paso de la luz, de color "blanco hueso" de gran elasticidad y flexibilidad, que puede manipularse y doblarse sin que se quiebre.

Cerámica Artesanal de Ráquira 

Producto:

Utensilios y recipientes para el menaje y la cocina

Solicitante:

Acción de Artesanos Muiscas de Ráquira - Asomuiscas

Declaración:

Resolución 66272 del 29 de noviembre de 2010

Caracteristicas:

Los productos se caracterizan por ser elaborados en el Municipio de Ráquira, mediante el manejo de técnicas tradicionales, utilizando como materia prima básica arcillas rojas, moradas y blancas extraídas del mismo municipio; así como por tener finalidades utilitarias y decorativas, acabados característicos y estilos tradicionales.

Cerámica del Carmen de Viboral

Producto:

Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario; porcelana y loza no comprendidos en otras clases

Solicitante:

Alcaldia del Municipio del Carmen de Viboral

Declaración:

Resolución 71791 de 12 de diciembre de 2011

Caracteristicas:

Libres de basuras; sin huellas del pulido; homogéneas en el color; sin diferencias de tamaño entre las piezas; decoradas con motivos florales, con pinceladas espontáneas cortas, largas, gruesas y delgadas, con las que conforman algunas composiciones emblemáticas de su artesanía; fabricadas con pasta cerpamica mediante procesos de vaciado y tomo de tarraja principalmente; pintadas a mano y con una base blanca.

Chiva de Pitalito

Producto:

Chiva

Solicitante:

Cooperativa multiactiva de artesanos de Pitalito - Coarpi

Declaración:

Resolución 23889 de 08 de mayo de 2017

Caracteristicas:

"Objeto artesanal elaborado a partir de la cerámica obtenida de la arcilla proveniente en la zona geográfica
delimitada, que se caracteriza por ser altamente plástica y de textura suave y es sometida un proceso de transformación mediante el uso de métodos tradicionales propios de los artesanos ceramistas del municipio de Pitalito."

Tejeduría San Jacinto

Producto:

Tejidos de algodón y tejidos para uso textil

Solicitante:

Alcaldía de San Jacinto-Bolivar

Declaración:

Resolución 70849 de 06 de diciembre de 2011

Caracteristicas:

Son tejidos reconocidos por su colorido, calidad y resistencia, cuya estructura es estable y resistente, compuesta por urdimbre y trama; los bordes de estos son rectos, el color es firme y uniforme y no deben tener manchas que evidencien mala fijación, pérdida de color o disparidad en el tono del tejido; la urdimbre debe ser compacta y tener una densidad mayor a la trama, (efecto de cara de urdimbre) de tal manera que en las difirentes secciones de color no se debe notar el color de la trama o tejedura.

Tejeduría Wayuú

Producto:

Tejidos de algodón y tejidos para uso textil

Solicitante:

Gobernación de la Guajira

Declaración:

Resolución 71098 de 07 de diciembre de 2011

Caracteristicas:

Son tejido reconocidos por la implementación de novedosos colores, diseños y formas, cuya estructura es estable y resistente, compuesta por urdimbre y trama; los orillos de los tejidos deben ser parejos y rector donde sea éste el caso; tanto la cargadera (mochila) como el fleco (hamaca o chinchorro) tienen que estar acorde en color, y en la manera posible, al diseño mismo de las piezas finales; no se pemiten cosidos de máquina o tipo máquina; se ha de mantener el dibujo y técnica Kanasü, es decir, los patrones tradicionales y la técnica de dos caras; elaborados a partir de hilos de la industria en fibras acrílicas (hilos o lanas) o naturales (hilos o hilazas en algodón). 

Mopa Mopa Barniz de Pasto

Producto:

Arte obras de madera

Solicitante:

Alcaldía de Pasto

Declaración:

Resolución 70002 de 30 de noviembre de 2011

Caracteristicas:

Es elaborado a partir de la resina extraída del árbol mopa-mopa, el cual le otorga una consistencia extraordinaria, resistente al frío, al calor y al agua, dado que la resina se adhiere fuertemente a la madera sobre la que se trabaja, permitiéndole contar además con el acabado característico de esta artesanía.

Cerámica Negra de la Chamba

Producto:

Cerámica Negra de la Chamba

Solicitante:

Asociación de Artesanos de las Veredas La Chamba y Chipuelo - ASOARCH

Declaración:

Resolución 72993 de 11 de diciembre de 2019

Caracteristicas:

Corresponderán a los productos ubicados dentro de las categorías de vajilla, menaje de cocina (ollas, sartenes, pailas), sus derivaciones y diferentes formas, elaborados a mano, que se logran por la combinación de tres (3) clases de arcillas diferentes 1. la arcilla lisa; 2. la arcilla arenosa; 3. Arcilla roja, la cerámica adopta el color negro característico, teniendo en cuenta además que, las arcillas combinadas con otros minerales le dan la característica de ser refractaria diferente de otros productos del país.

Cestería en Rollo Guacamayas

Producto:

Cestería en rollo.

Solicitante:

Municipio de Guacamayas, Asociación Grupo Artesanal de Guacamayas y Creatividad Artística Cooperativa de Guacamayas (CREARCOOP LTDA) y  Asociación de Artesanos del Municipio de Guacamayas (Boyacá).

Declaración:

Resolución 30000 de 19 de junio de 2009

Caracteristicas:

Cestería en rollo de fique con alma de paja, en colorida tradicional y tonos tierra, hecha con mezcla de madera, alambre, cobre y alambre de estaño. Son objetos utilitarios y decorativos de tipo artesanal, elaborados utilizando un tejido de forma radial u ovoidal. Durante el proceso de hilado, se separan las fibras, para evitar que el fique se enrede, obteniendo así un hilo más delgado y fino. 

Tejeduría Zenú

Producto:

Sombreros elaborados a partir de caña flecha

Solicitante:

Resguardo Indígena Zenú de San Andrés de Sotavento

Declaración:

Resolución 71097 de 07 de diciembre de 2011

Caracteristicas:

Características: Sombrero hecho a base de caña flecha cosido con hilos blancos, de líneas y dimensiones rectas y exactas. El cosido debe ser parejo y es realizado con la técnica del "coteja'o" que consiste en coser la trenza de manera uniforme mientras esta se va encogiendo, dándole así forma al sombrero.