preguntas frecuentes relacionadas con la acción de protección al consumidor
Los autos y sentencias que no requieren la comparecencia de las partes a audiencia se notifican en estados de conformidad con el artículo 295 del Código General del Proceso.
El estado se publica en los pisos tercero, cuarto y sexto del edificio de la Entidad, así como en la página de internet www.sic.gov.co dirigiéndose a la pestaña que indica “Asuntos Jurisdiccionales”, en la pantalla aparecerá al costado izquierdo un recuadro denominado “Notificaciones por estado”, allí debe seleccionar la fecha del estado que desee consultar.
Por otro lado, aquellas diligencias que requieren la comparecencia de las partes, son notificadas en estrados, es decir, en la misma audiencia, ya sea que las partes asistan o no a la diligencia, esto de conformidad con lo dispuesto en el artículo 294 del Código General del Proceso.
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