Superintendencia de Industria y Comercio

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El Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia presentó al Superintendente de Industria y Comercio el informe motivado de la investigación administrativa identificada con el Radicado No. 13-10340, del caso “TRANSPORTE DE CARGA”. El informe se presentó luego de terminar la investigación que inició el 14 de febrero de 2017 con el pliego de cargos contra la (i) ASOCIACIÓN COLOMBIANA DE CAMIONEROS y sus respectivas seccionales a nivel nacional y la (ii) ASOCIACIÓN DE TRANSPORTADORES DE CARGA por la elaboración de una “tabla de fletes” y difundirla a los transportadores para que se implementara en todo el país a través de seccionales.

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2018
Junio

En virtud de los principios de libertad, finalidad, legalidad y confidencialidad y a efectos de allegar material probatorio dentro de un proceso de carácter judicial que contenga datos sensibles, se deberá en todo caso obtener consentimiento previo y expreso del titular del dato sensible, orden judicial cuando sea el caso, cumplir con la finalidad del proceso judicial y las autoridades judiciales y las partes involucradas en el proceso deberán garantizar la reserva y confidencialidad de la información.

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2018
Junio

La declaración de protección de una denominación de origen es el reconocimiento que hace el Estado al posicionamiento de un producto con un nombre geográfico que ostenta unas calidades o características especiales gracias a su origen geográfico y a sus factores humanos, y que han sido sostenidas y controladas a lo largo del tiempo. La denominación de origen indica de manera clara al consumidor la procedencia geográfica del producto y las calidades que esta posee que las hace especiales, por lo que su decisión de compra se sujeta a estas características.

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2018
Junio

La actuación administrativa de la Superindustria inició por una denuncia presentada por la Fiscalía General de la Nación en el marco de un proceso de selección adelantado por esa Entidad. A partir de esa información, la Superindustria desarrolló las actividades investigativas que permitieron identificar documentos físicos, correos electrónicos, chats de WhatsApp, testimonios, entre otros, que señalaban la presunta colusión o cartelización empresarial de 23 empresas que actuaron sistemáticamente (carrusel), en al menos 101 procesos de selección contractual en la modalidad de subasta inversa adelantados por diferentes entidades del Estado, cuyo presupuesto oficial sumado, asciende a más de $73 MIL MILLONES DE PESOS que se dieron entre los años 2014 y 2017.

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2018
Junio

Los datos personales que no sean públicos no pueden ser publicados en internet, salvo que el acceso a los mismos sea técnicamente controlable para brindar un conocimiento restringido sólo a las personas autorizadas conforme a la Ley 1581 de 2012, es decir: (i) a los Titulares, sus causahabientes o sus representantes legales; (ii) a las entidades públicas o administrativas en ejercicio de sus funciones legales o por orden judicial y (iii) a los terceros autorizados por el Titular o por la ley. Lo anterior, con el fin de garantizar que terceros no autorizados puedan acceder a ella. En todo caso, cuando se pretenda realizar tratamiento de la información pública publicada en internet deberá someterse al cumplimiento del principio de finalidad de la base de datos.

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2018
Junio

La Delegatura para la Propiedad Industrial, mediante Resolución No. 35401 de 24 de mayo de 2018, confirmó la decisión proferida por la Dirección de Signos Distintivos, en cuanto a la negación del registro de la marca GG GISELLA GASTELBONDO, por encontrarla similar a la marca mixta de Channel SARL.

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2018
Junio