Clasificación: Autorización de integración empresarial.
Fecha de Generación: Memorando traslado cero papel del 4 de junio de 2025.
Fecha de Publicación: 4 de junio de 2025.
Intervinientes:
ECOPETROL S.A. (en adelante, ECOPETROL) y AES COLOMBIA & CÍA S.C.A. E.S.P., (en adelante, AES COLOMBIA).
Resumen:
Con radicación No. 25-258509-00 del tres (3) de junio de dos mil veinticinco (2025)[1], ECOPETROL S.A. (en adelante, ECOPETROL) y AES COLOMBIA & CÍA S.C.A. E.S.P., (en adelante, AES COLOMBIA), presentaron una solicitud de pre-evaluación en los siguientes términos:
“Actualmente XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXX. La Transacción Propuesta consistiría en la constitución de dos o más Fideicomisos a los que AES Colombia XXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX%.¨.
Las Partes planean que AES Colombia continúe siendo el desarrollador del Portafolio, preste los servicios de back office y sea el gerente y supervisor de la construcción y operación de los proyectos.
Como se indicó, la energía eléctrica producida por el Portafolio sería adquirida por Ecopetrol para su propio consumo, es decir, para cubrir sus propias necesidades energéticas salvo que eventualmente se generen excedentes, caso en el cual se aplicará lo establecido en el Decreto 1403 de 2024, o aquella norma que lo modifique o sustituya. En ese sentido, dado que Ecopetrol no participará en el mercado de generación de energía eléctrica, el efecto de la operación en el mercado sería neutro”[2].
En aplicación del artículo 17 de la Ley No 1340 de 2009, modificado por el artículo 156 del Decreto Ley 19 de 2012, se publica en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio el inicio de un procedimiento de autorización de una integración empresarial.
Documento de resumen: