Superintendencia de Industria y Comercio

Top bar

logo presidencia

Logo SIC y Gobierno de Colombia

Se encuentra usted aquí

Titulo Delegatura Protección de la competencia - Home

Protección de la Competencia

Tramites y servicios menu secundario

Inicio de autorización de integración

  • Clasificación: Autorización integración
    Fecha: 01/03/2012

    Publicada: (publicación portal web 16/03/2012)

    Intervinientes:

    CHILCO DISTRIBUIDORA DE GAS Y ENERGÍA S.A.S. E.S.P. - INVERSIONES PROGAS S.A.S. - INDUSTRIAS PROVEEDORAS DE GAS S.A. E.S.P. - GASES DE GIRARDOT S.A. E.S.P. - ALMACENADORA DE GLP DE LA SABANA S.A. E.S.P.

    Resumen: Con fecha 1ro de marzo de 2012, las empresas Chilco Distribuidora de Gas y Energía S.A.S. E.S.P. (Chilco), Inversiones Progas S.A.S. (Inversiones Progas), Industrias Proveedoras de Gas S.A. E.S.P. (Progas), Gases de Girardot S.A. E.S.P. (Giragas), presentaron la operación de integración, para autorización de esta Superintendencia, consistente en la adquisición por parte de Chilco, de algunos de los activos productivos y contratos de las empresas Progas y Giragas, vinculados a las actividades de distribución y comercialización minorista de gas licuado de petróleo (GLP). Además, Chilco adquirirá de Inversiones Progas y Giragas, las acciones que éstas poseen en Almacenadora de GLP de la Sabana S.A. E.S.P.

    Dicha operación tendría efectos en las diferentes etapas de la cadena de distribución de GLP, toda vez que las empresas intervinientes participan de manera coincidente en los mercados de comercialización mayorista, así como en la distribución y comercialización minorista de GLP en varios mercados geográficos del país.

  • Clasificación: Autorización integración
    Fecha: 02/24/2012

    Publicada: (publicación portal web 09/03/2012)

    Intervinientes:

    - Investigación contra el Empresa de Energía de Boyacá

    Resumen:Mediante Resolución expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, se abrió investigación en contra de la EMPRESA DE ENERGÍA DE BOYACÁ S.A. E.S.P. Según la decisión de la autoridad, se investiga a la empresa por apalancarse presuntamente en la posición dominante legal que tiene en el mercado de distribución de energía eléctrica en el departamento de Boyacá, para ejecutar las acciones a que hacen referencia los numerales 3 y 6 del artículo 50 del Decreto 2153 de 1992, en un mercado distinto pero conexo como lo es el mercado de calibración de medidores de energía.

    Por lo tanto, en los términos previstos en el artículo 19 de la Ley 1340 de 2009, los competidores, consumidores o, en general, aquél que acredite un interés directo e individual en la presente investigación, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la publicación de la apertura de la investigación en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio, intervenir aportando las consideraciones y pruebas que pretendan hacer valer, al expediente radicado con el número 10- 161600, el cual reposa en la Superintendencia de Industria y Comercio.

    Documento de resumen: 10-161600.pdf

  • Clasificación: Autorización integración
    Fecha: 02/02/2012

    Publicada: (publicación portal web 09/03/2012)

    Intervinientes:

    - Investigación contra Gases de Occidente S.A. ESP

    Resumen: Mediante Resolución expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, se abrió investigación en contra de GASES DE OCCIDENTE S.A. E.S.P. Según la decisión de la autoridad, se investiga a la empresa por apalancarse presuntamente en la posición dominante legal que tiene en el mercado de distribución de gas en la ciudad de Santiago de Cali, Valle del Cauca, para ejecutar las acciones a que hacen referencia los numerales 3 y 6 del artículo 50 del Decreto 2153 de 1992, y el artículo 34 de la Ley 142 de 1994, en un mercado distinto pero conexo como lo es el mercado de instalación de redes internas de gas.

    Por lo tanto, en los términos previstos en el artículo 157 del Decreto 19 de 2012, los competidores, consumidores o, en general, aquél que acredite un interés directo e individual en la presente investigación, podrán, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la publicación de la apertura de la investigación en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio, intervenir aportando las consideraciones y pruebas que pretendan hacer valer, al expediente radicado con el número 11-87446.

    Documento de resumen: 11-87446.pdf