Clasificación: Autorización integración
Fecha: 21/07/2012
Publicada: (publicación portal web 20/02/2013)
Intervinientes:
- PERSONAS JURÍDICAS:
- ALIMENTOS DEL VALLE S.A.
- ALIVAL S.A.
- DISTRILACTEOS DEL VALLE S.A.
- PRODUCTOS LÁCTEOS COLFRANCE CPS EN C,
- PRODUCTOS LÁCTEOS EL RECREO S.A.
- CEUCO DE COLOMBIA LTDA.
- ALIMENTOS DEL MADRID S.A.S.
- ALIMENTOS EL JARDÌN S.A.
- PARMALAT COLOMBIA LTDA.
- NESTLÈ COLOMBIA S.A.
- ALPINA S.A.
- PERSONAS NATURALES:
- SERGIO GUILLERMO FORERO CORREA, propietario de LÁCTEOS LA ARBOLEDA, ALMACENES LA 14 S.A., COLSUBSIDIO S.A. y YEP S.A.
Resumen: "Por instrucciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, ALIMENTOS DEL VALLE S.A. ALIVAL S.A., DISTRILACTEOS DEL VALLE S.A., PRODUCTOS LÁCTEOS COLFRANCE CPS EN C, PRODUCTOS LÁCTEOS EL RECREO S.A., CEUCO DE COLOMBIA LTDA., ALIMENTOS DEL MADRID S.A.S., ALIMENTOS EL JARDÌN S.A., PARMALAT COLOMBIA LTDA., NESTLÈ COLOMBIA S.A. ALPINA S.A., SERGIO GUILLERMO FORERO CORREA, propietario de LÁCTEOS LA ARBOLEDA, ALMACENES LA 14 S.A., COLSUBSIDIO S.A. y YEP S.A., informan que: Mediante Resolución No 37489 de 21 de junio de 2012 expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, se abrió investigación en contra de las empresas ALIMENTOS DEL VALLE S.A. ALIVAL S.A., DISTRILACTEOS DEL VALLE S.A., PRODUCTOS LÁCTEOS COLFRANCE CPS EN C, PRODUCTOS LÁCTEOS EL RECREO S.A., CEUCO DE COLOMBIA LTDA., ALIMENTOS DEL MADRID S.A.S., ALIMENTOS EL JARDÌN S.A., PARMALAT COLOMBIA LTDA., NESTLÈ COLOMBIA S.A., SERGIO GUILLERMO FORERO CORREA, propietario de LÁCTEOS LA ARBOLEDA, ALMACENES LA 14 S.A., COLSUBSIDIO S.A. y YEP S.A., por presuntas infracciones al régimen de competencia desleal (Artículos 10, 11 y 18 de la Ley 256 de 1996). Según la decisión de la autoridad, se investiga a las empresas por presuntamente estar realizando actos de engaño en el mercado de productos lácteos a nivel Nacional.
Por lo tanto, en los términos previstos por el artículo 19 de la Ley 1340 de 2009 modificado por el artículo 157 del Decreto 019 de 2012, los competidores, consumidores o, en general, aquél que acredite un interés directo e individual en la presente investigación, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la publicación de la apertura de la investigación en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio, podrán intervenir aportando las consideraciones y pruebas que pretenda hacer valer, al expediente radicado con el número 11-44619, el cual reposa en la Superintendencia de Industria y Comercio."
Documento de resumen: 11-44619.pdf