Dentro de los 6 meses anteriores al vencimiento de la vigencia del registro (10 años contados desde la concesión) o dentro de un plazo de gracia que se ofrece dentro de los 6 meses siguientes al vencimiento de la vigencia del registro.
En SIPI encontrara el formulario de renovación, el cual debe ir diligenciando paso a paso. También lo puede presentar en físico (PI01 - F01) debidamente diligenciado y pagando la tasa de renovación, la cual puede ser consultada aquí.
Si no se solicita la renovación de una marca esta se tendrá como caducada.
Sí. Las solicitudes multiclases se deberán renovar cada 10 años. Es importante tener en cuenta que si la renovación comprende únicamente alguna o algunas clases o productos y/o servicios de los inicialmente amparados, el titular deberá solicitar la renuncia de la cobertura del signo sobre la cual no se solicita renovación.
El titular puede presentar una solicitud de Renuncia Parcial en la que solicita excluir algunos de los productos o servicios que cubre el registro.
Se debe presentar una solicitud de renuncia total a derechos en el formulario correspondiente (Renuncia a derechos del registro de marcas de productos y/o servicios) Si desea descargarlo haga click aquí.
El titular de la marca deberá presentar una solicitud en la que indique cuáles son las clases a las que renuncia. De igual forma podrá renunciar parcialmente a productos o servicios de una clase o varias clases.
Una afectación es un cambio que puede sufrir el registro de una marca con posterioridad a su concesión y que puede ser solicitado para mantener la información actualizada ante la Superintendencia de Industria y Comercio.
Las afectaciones pueden consistir entre otros, en:
Transferencia | Medidas cautelares |
Licencias de Uso | Usufructos |
Sublicencias de Uso | Garantías Mobiliarias |
El tramite se puede hacer en línea a través del SIPI, ahí le aparecerá un formulario el cual usted debe ir diligenciando paso a paso o también lo puede hacer en físico.
Si lo hace en físico:
. Debe diligenciar y radicar el formulario de inscripción de afectaciones, formato PI01-F22
. Recibo de pago
. En caso de actuar por intermedio de apoderado, el poder.
Los requisitos son:
Sí. Las afectaciones pueden ser susceptibles de requerimientos.
Las notificaciones se efectuarán por medios electrónicos a través del correo electrónico aportado por el solicitante.
Si no se da respuesta al requerimiento dentro del término establecido para ello (dos meses a partir de la notificación del oficio del requerimiento), se declarará el archivo solo respecto de la clase o clases afectadas por el requerimiento.
En el caso que la Superintendencia de Industria y Comercio encuentra improcedente acceder a la solicitud de inscripción en relación con alguna o algunas clases o con alguno o algunos de los productos o servicios, por no cumplir con los requisitos legales, procederá a inscribir aquellos en relación con los cuales no se encuentre inconveniente, y requerirá al solicitante para que allegue la información faltante o corrija o aclare la aportada, de ser el caso, negará la inscripción solicitada en relación con los otros registros, los cuales continuarán el trámite correspondiente.
Sí, debido a que no es suficiente con la firma de un contrato de transferencia, pues si en el registro no aparece el nuevo propietario como titular no podrá hacer valer sus derechos contra terceros.
No, la persona titular sigue siendo la misma pero con distinto nombre o razón social. No obstante, es recomendable mantener actualizado el registro, de suerte que se faciliten futuras afectaciones sobre el mismo.
La licencia de uso es un acuerdo por el cual el titular de una marca (licenciante) le cede o concede a un tercero (licenciatario) el uso de una marca, reteniendo el titular la propiedad de la misma. Lo puede hacer mediando el pago de una remuneración o de forma gratuita.
El registro de la licencia de marca ante la SIC es opcional, de manera que la ausencia de registro no afectará la validez u oponibilidad de dichos acuerdos. Sin embargo, en caso de que se decida registrar la licencia esta debe constar por escrito o su solicitud de registro debe ser firmada por las partes.
Es un procedimiento mediante el cual una persona puede solicitar la cancelación del registro de una marca. Esta solicitud puede hacerse en 3 casos:
Al momento de presentarse una solicitud de cancelación, la Superintendencia de Industria y Comercio notifica al titular de la marca, para que dentro del plazo de 60 días haga valer sus argumentos y presente las pruebas que estime convenientes.
Tres años contados a partir de la fecha de notificación de la resolución que agote el procedimiento de registro de la marca.
El registro se cancelará de forma parcial, excluyendo aquellos productos o servicios para los cuales no haya usado la marca.
Es el cambio referido a el nombre, domicilio o dirección física del solicitante o titular de in derecho de Propiedad industrial se efectuara para la totalidad de solicitudes o registros existentes y pertenecientes a aquel de conformidad con su numero de identificación, cualquiera que sea el tipo de derecho de propiedad industrial, previo el pago de la tasa correspondiente.
**Independiente del numero de solicitudes o registros que se afecten con la inscripción de la actualización del titular, la tasa por dicho cambio se causará como si se tratara de una única solicitud o registro a actualizar.