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Inicio de autorización de integración

  • Clasificación: Autorización integración
    Fecha: 11/09/2013

    Publicada: (publicación portal web 11/09/2013)

    Intervinientes:

    FRESENIUS KABI COLOMBIA S.A.S., y MIX SUPPLIER S.A. (MS MEDELLÍN) y MIX SUPPLIER BOGOTÁ S.A. (MS BOGOTÁ)

    Resumen: Con radicado No. 13-202787 de fecha 27 de AGOSTO de 2013, las empresas, FRESENIUS KABI COLOMBIA S.A.S., y MIX SUPPLIER S.A. (MS MEDELLÍN) y MIX SUPPLIER BOGOTÁ S.A. (MS BOGOTÁ), presentaron una solicitud de pre-evaluación.

    En aplicación del artículo 156 del Decreto Ley No 19 de 2012 y en aplicación del numeral 2 del artículo 10º de la Ley 1340 de 2009, se publica en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio el inicio de un procedimiento de autorización de una integración empresarial.

    Documento de resumen: 13-202787.pdf

  • Clasificación: Autorización integración
    Fecha: 09/09/2013

    Publicada: (publicación portal web 09/09/2013)

    Intervinientes:

    ORGANIZACIÓN TERPEL S.A. y HERSUCO S.A.

    Resumen: Con radicado No. 13209603 de fecha 04 de septiembre de 2013, las empresas ORGANIZACIÓN TERPEL S.A. y HERRAMIENTAS, SUSPENSIONES Y COMBUSTIBLES S.A. – HERSUCO S.A., presentaron una solicitud de pre evaluación.

    En aplicación del artículo 156 del Decreto Ley No 19 de 2012 y en aplicación del numeral 2 del artículo 10º de la Ley 1340 de 2009, se publica en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio el inicio de un procedimiento de autorización de una integración empresarial.

    Documento de resumen: 13-209603.pdf

  • Clasificación: Autorización integración
    Fecha: 26/08/2013

    Publicada: (publicación portal web 27/08/2013)

    Intervinientes:

    - PERSONAS JURÍDICAS:

    • CDM SMITH INC.
    • INGENIERÍA DE SANEAMIENTO AMBIETAL- INGESAM S.A.S.

    Por la posible contravención de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 1340 de 2009.

    - PERSONAS NATURALES:

    • ELIÚ OVIDIO PÉREZ, en su calidad de Gerente y Representante Legal de CDM SMITH INC.
    • CARLOS LEONARDO GUERRERO URREGO, identificado con C.C. 19.104.792 en su calidad de Representante Legal de INGENIERÍA DE SANEAMIENTO AMBIENTAL- INGESAM S.A.S.

    Por presuntamente incurrir en la responsabilidad establecida en el numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992, modificado por el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009, al haber autorizado, ejecutado o tolerado la conducta presuntamente ejecutada por las personas jurídicas investigadas.

    Resumen: En aplicación del artículo 156 del Decreto Ley No 19 de 2012 , el cual modificó el artículo 17 de la Ley 1340 de 2009, se publica en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio la apertura de una investigación por una presunta infracción al régimen de libre competencia:

    La Superintendencia de Industria y Comercio informa que mediante Resolución No. 50258 del 26 de agosto de 2013, abrió investigación en contra de las empresas: CDM SMITH INC. e INGENIERÍA DE SANEAMIENTO AMBIETAL- INGESAM S.A.S. y las personas naturales: ELIÚ OVIDIO PÉREZ y CARLOS LEONARDO GUERRERO URREGO, por la presunta infracción del artículo 9 de la Ley 1340 de 2009, al no cumplir con el deber de informar una integración empresarial

    Asimismo, se investiga a las personas naturales involucradas por presuntamente colaborar, facilitar, autorizar, ejecutar o tolerar los hechos o actuaciones constitutivas de las infracciones objeto de investigación, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992 (modificado por el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009).

    Por lo tanto, en los términos previstos por el artículo 19 de la Ley 1340 de 2009, modificado por el artículo 157 del Decreto 19 de 2012, los competidores, consumidores o, en general, aquél que acredite un interés directo e individual en la presente investigación, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la publicación de la apertura de la investigación en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio, podrán intervenir aportando las consideraciones y pruebas que pretendan hacer valer al expediente radicado con el número 12-068710, el cual reposa en la Superintendencia de Industria y Comercio.

    Documento de resumen: 12-068710.pdf

  • Clasificación: Autorización integración
    Fecha: 27/08/2013

    Publicada: (publicación portal web 27/08/2013)

    Intervinientes:

    - CONTRA LAS SIGUIENTES PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES EN CALIDAD DE AGENTES DEL MERCADO

    • COOPERATIVA NACIONAL PARA LA ADMINISTRACIÓN GESTIÓN Y DESARROLLO DE ENTIDADES TERRITORIALES LTDA. CONTEGER LTDA.
    • CONSORCIO AEROPLANTAS DE COLOMBIA
    • COOPERATIVA NACIONAL DE MUNICIPIOS LIMITADA COOPNAL LTDA.
    • BENJAMÍN MÉNDEZ PINZÓN
    • GUSTAVO DE JESÚS LOPEZ BALLESTEROS

    Por la posible contravención de lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 155 de 1959 y en el numeral 9 artículo 47 del Decreto 2153 de 1992:

    - CONTRA LAS SIGUIENTES PERSONAS NATURALES EN CALIDAD DE REPRESENTANTES LEGALES:

    • GUSTAVO DE JESÚS LOPEZ BALLESTEROS, con C.C. 91.434.824 en su calidad de representante legal del CONSORCIO AEROPLANTAS DE COLOMBIA.
    • CESAR JULIO VERA PARADA, con C.C. 4.164.580 en su calidad de Representante Legal de CONGETER LTDA.
    • SANDRO WVALTER CARRILLO TORRES, con C.C. 79.616.221 en su calidad de Representante Legal de COOPNAL LTDA.

    Por presuntamente incurrir en la responsabilidad establecida en el numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992, modificado por el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009, al haber autorizado, ejecutado o tolerado la conducta presuntamente ejecutada por las personas jurídicas investigadas.

    Resumen: En aplicación del artículo 156 del Decreto Ley No 19 de 2012 , el cual modificó el artículo 17 de la Ley 1340 de 2009, se publica en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio la apertura de una investigación por una presunta infracción al régimen de libre competencia:

    "Por instrucciones de la Superintendencia de Industria y Comercio, las personas naturales y jurídicas, CONSORCIO AEROPLANTAS DE COLOMBIA, CONGETER LTDA., COOPNAL LTDA., BENJAMÍN MÉNDEZ PINZÓN, GUSTAVO DE JESÚS LÓPEZ BALLESTEROS, CESAR JULIO VERA PARADA, SANDRO WVALTER CARRILLO TORRES, informan que Mediante Resolución 50700 de 2013 expedida por la Superintendencia de Industria y Comercio, se abrió investigación en contra de las personas naturales y jurídicas arriba enlistadas, por presuntas infracciones al régimen sobre protección de la competencia (artículo 1 de la Ley 155 de 1959, numeral 9 del artículo 47 del Decreto 2153 de 1992 y numeral 16 del artículo 4 del Decreto 2153 de 1992, modificado por el artículo 26 de la Ley 1340 de 2009). Según la decisión de la autoridad, se les investiga por presuntamente haber realizado un acuerdo colusorio encaminado a obtener la adjudicación de los contratos resultantes del proceso de selección No. 12000027_OS_2012 adelantado por la Aeronáutica Civil - AEROCIVIL.

    Por lo tanto, en los términos previstos por el artículo 19 de la Ley 1340 de 2009 modificado por el artículo 157 del Decreto 09 de 2012, los competidores, consumidores o, en general, aquél que acredite un interés directo e individual en la presente investigación, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la publicación de la apertura de la investigación en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio, podrán intervenir aportando las consideraciones y pruebas que pretenda hacer valer, al expediente radicado con el número 12-227731, el cual reposa en la Superintendencia de Industria y Comercio."

  • Clasificación: Autorización integración
    Fecha: 30/08/2013

    Publicada: (publicación portal web 27/08/2013)

    Intervinientes:

    Resumen: En aplicación del artículo 156 del Decreto 19 de 2012, el cual modificó el artículo 17 de la Ley 1340 de 2009, se publica en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio la Resolución que modifica y aclara la apertura de una investigación por una presunta infracción al régimen de libre competencia:

    "La Superintendencia de Industria y Comercio informa que mediante No. 52673 del 30 de agosto de 2013, el Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia, decidió adicionar la Resolución de adición a la Apertura de la Investigación No. Resolución No. 78237 del 18 de diciembre de 2012, en los siguientes términos:

    "ARTÍCULO PRIMERO: ADICIONAR la parte resolutiva de la Resolución No. 78237 de 2012 del 18 de diciembre de 2012, por medio de la cual se adicionó la Resolución No. 32820 del 29 de mayo de 2012 con un nuevo artículo que ordene a la oficina correspondiente de la Superintendencia de Industria y Comercio la publicación en su Página Web de la Resolución No. 78237 de 2012 (…)"

    […]

    ARTÍCULO SEGUNDO: ADICIONAR la parte resolutiva de la Resolución No. 78237 del 18 de diciembre de 2012, por medio de la cual se adicionó la Resolución No. 32820 del 29 de mayo de 2012 con un nuevo artículo que ordene a DICOM INVERSIONES S.A.S. la publicación en un diario de amplia circulación regional informando la apertura de investigación objeto del presente trámite (…)"

    Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 157 del Decreto 19 de 2012, el cual modificó el inciso 1 del artículo 19 de Ley 1340 de 200, los competidores, consumidores o en general, aquél que acredite un interés directo e individual en la presente investigación, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la publicación de la modificación y aclaración de la apertura de investigación en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio, podrá intervenir aportando las consideraciones y pruebas que pretendan hacer valer, al expediente radicado con el número 10-83828, el cual reposa en la citada Superintendencia.

    Documento de resumen: 10-83828.pdf