Clasificación: Autorización integración
Fecha: 27/08/2013
Publicada: (publicación portal web 07/11/2013)
Intervinientes:
Resumen: En aplicación del artículo 156 del Decreto 19 de 2012, el cual modificó el artículo 17 de la Ley 1340 de 2009, se publica en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio la Resolución que modifica y aclara la apertura de una investigación por una presunta infracción al régimen de libre competencia:
"La Superintendencia de Industria y Comercio informa que mediante Resolución No. 50925 del 27 de agosto de 2013, el Superintendente Delegado para la Protección de la Competencia, decidió modificar y aclarar la Resolución de Apertura de Investigación No. 5347 del 13 de febrero de 2012, en los siguientes términos:
"ARTÍCULO PRIMERO: MODIFICAR los numerales 7.1, 7.2.1, 7.2.1.1, 7.2.1.2, 7.2.1.3 y 7.2.2 del considerando SÉPTIMO de la parte considerativa de la Resolución de Apertura de Investigación No. 5347 del 13 de febrero de 2012, adicionada mediante Resolución No. 15294 del 8 de abril de 2013 (…)"
[…]
"ARTÍCULO SEGUNDO: ACLARAR que cuando en la Resolución de Apertura de Investigación No. 5347 del 13 de febrero de 2012 y en la Resolución de Adición a la Apertura de Investigación No. 15294 del 8 de abril de 2013, aparezca cualquiera de las siguientes expresiones: "azúcar blanca para uso industrial", "azúcar industrial", "azúcar blanco y crudo" u otras similares expresiones, deberá entenderse que la Delegatura se refiere al azúcar en todas sus presentaciones y calidades, e independientemente del uso que le dé el consumidor, sea este directo, industrial, o de cualquier otra naturaleza".
Por lo tanto, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 157 del Decreto 19 de 2012, el cual modificó el inciso 1 del artículo 19 de Ley 1340 de 200, los competidores, consumidores o en general, aquél que acredite un interés directo e individual en la presente investigación, dentro de los quince (15) días hábiles posteriores a la publicación de la modificación y aclaración de la apertura de investigación en la página web de la Superintendencia de Industria y Comercio, podrá intervenir aportando las consideraciones y pruebas que pretendan hacer valer, al expediente radicado con el número 10-57750, el cual reposa en la citada Superintendencia.
Documento de resumen: 10-57750.pdf