Armonizar la redacción de los artículos 4 y 6 para aclarar si un prestador puede tener más de un área de prestación del servicio en un mismo municipio y establecer tarifas distintas en cada una de ellas
Una nueva versión del proyecto fue remitida con radicación No. 15-141443
El proyecto de Decreto no representa amenaza a la libre competencia, toda vez que facilitará el ingreso de competidores al mercado a través de la ruta abreviada, lo cual se traducirá en un beneficio al consumidor. Sin embargo, al momento de avanzar en la expedición de las guías a que hace refrencia el Decreto, el Ministerio de Salud y Protección Social deberá propender por la incorporación de criterios objetivos y suficientes que den alcance a términos posiblemente ambiguos y que reduzcan el riesgo de que los grupos de presión busquen influir sobre la toma de decisiones relacionadas con la expedición de registros sanitarios de medicamentos biológicos.