Definir, dentro de las notas 4, 5 y 6, las cuales podría llegar a incluir la entidad para aclarar algunos aspectos dentro del formulario 1 - Formulario de presupuesto oficial, específicamente en la hoja titulada “Propuesta económica”, el alcance de: “aspectos relacionados con ítems o descripciones de pago que tengan características particulares”.
N/A
Incorporar en el Proyecto un mecanismo de seguimiento que permita la revisión periódica de los puntajes allí establecidos, con el fin de evitar que los mismos deriven en una distorsión a la libre competencia.
Incorporar expresamente en el Proyecto, una regla por virtud del cual, en la medida en que la brecha de inclusión de la población objetivo disminuya, el porcentaje inicialmente estipulado se ajuste a la baja progresivamente.
"Solicitud concepto de Abogacía de la Competencia Proyecto de Decreto: “Por el cual se reglamenta el artículo 6 de la Ley 1920 de 2018 y se adicionan dos artículos a la Subsección 2 de la Sección 4 del Capítulo 2 del Título 1 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1082 de 2015”.
Radicación: 20-411490
El objeto del Proyecto es reglamentar la disposición contenida en el artículo 6 de la Ley 1920 de 2018. En ese sentido establece que las cooperativas de vigilancia y seguridad privada que acrediten la vinculación de mujeres, personas mayores de 45 años y/o personas en condición de discapacidad recibirán máximo 3% de puntaje adicional en sus procesos de contratación pública.
Si bien disposiciones como las del Proyecto se deseñan con objeto de cerrar las brechas existentes entre grupos poblacionales, es importante garantizar que estas con el tiempo no se conviertan en nuevos generadores de condiciones discriminatorias. Bajo ese entendido, esta Superintendencia considera que la medida debería contar con un seguimiento en el tiempo que permita evaluar su conservación a futuro o su eliminación como consecuencia de haber superado la discriminación que sufría la población objetivo. Adicionalmente, la Autoridad de Competencia señaló que si bien la metodología de fijación del porcentaje de incentivo establecida en el Proyecto se basó en un ejercicio de muestreo estadístico, el Proyecto podría contemplar un mecanismo estadístico adecuado para el seguimiento de estos porcentajes. De forma tal que sea posible determinar si este incentivo deriva o no en una distorsión en la competencia por el mercado a través de los mecanismos de compras públicas
Por lo anterior, esta Superintendencia recomendó al Departamento Nacional de Planeación:
• Incorporar en el Proyecto un mecanismo de seguimiento que permita la revisión periódica de los puntajes allí establecidos, con el fin de evitar que los mismos deriven en una distorsión a la libre competencia.
• Incorporar expresamente en el Proyecto, una regla por virtud del cual, en la medida en que la brecha de inclusión de la población objetivo disminuya, el porcentaje inicialmente estipulado se ajuste a la baja progresivamente.
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N/A
Eliminar la condición que obliga a los proveedores a publicar los precios y la forma de pago en el plan de proveedores del que trata el artículo 2.19.1.1.4. del Proyecto el cual establece que las entidades que contraten con recursos públicos la adquisición, suministro y entrega de alimentos en cualquiera de sus modalidades de atención.
Eliminar el parágrafo 2 del artículo 2.19.1.1.4. del Proyecto.
Eliminar el criterio de asignación de puntaje adicional por actividad económica, del que trata el literal a del artículo 2.19.1.2.1.
Eliminar del literal e del artículo 2.19.1.2.1. la condición de obligatoriedad frente a la asignación el 6% de los puntos adicionales a proveedores que usen el servicio público de extensión agropecuaria, de tal forma que sea algo facultativo de la entidad contratante.
Eliminar del artículo 2.19.1.2.1 el carácter obligatorio de asignar el 6% de los puntos al oferente que contrate a los proveedores de productos agropecuarios que únicamente desarrollen su actividad económica en los municipios identificados con aptitud productiva para el respectivo bien agropecuario que se contrata, según los mapas elaborados por la Unidad de Planificación Rural Agropecuaria – UPRA, de tal forma que
sea algo facultativo de la entidad contratante.
Eliminar el criterio de asignación de puntaje adicional por esquema asociativo del que trata el literal d del artículo 2.19.1.2.1.