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La certificación de conformidad

El “certificado de conformidad” corresponde a un documento que es emitido por organismos de certificación, a través del cual se hace constar la adecuada confianza de que un producto, proceso o servicio se encuentra conforme con una norma técnica u otro documento normativo específico. Es preciso indicar que dicho documento es exigible cuando un reglamento técnico lo establezca de manera expresa. Además de lo anterior, se informa que la SIC es la autoridad competente para conocer y adelantar investigaciones administrativas en contra de organismos de evaluación de la conformidad, por motivos relacionados con el cumplimiento de los requisitos de los certificados de conformidad o del documento de evaluación de la conformidad que estos hayan expedido frente a reglamentos técnicos y compras públicas.

¿Los colchones son bienes de uso personal?

Protección del consumidor

Los colchones no son bienes de uso personal, razón por la cual no se encuentran dentro de la causal 7 de excepciones al derecho de retracto. En este concepto la Oficina Asesora Jurídica indicó que si se entendía que un bien de uso personal era un bien que prestaba utilidad a la persona, entonces no se podría ejercer la facultad de retracto sobre ningún bien. Por ello consideró más adecuado que este tipo de bienes son únicamente aquellos que tienen como finalidad el cuidado personal. Esta conclusión surgió luego de hacer un análisis interpretativo de las reglas y definiciones dispuestas en el Código Civil, el Estatuto del Consumidor y el Diccionario de la Real Academia de la Lengua. Pese a existir otros pronunciamientos de la Oficina Jurídica sobre el tema, es la primera vez que se hace una explicación detallada sobre cuáles son este tipo de bienes.

Políticas de tratamiento de datos personales

Los responsables del tratamiento de datos tienen la obligación de desarrollar las políticas para el tratamiento de los datos personales, esto es, la recoleccion, el almacenamiento, el uso, la circualcion y/o la supresión de los mismos, las cuales deben constar en medio físico o electrónico y ser puestas en conocimiento de los titulares. Dichas políticas deberán contener la información mínima consagrada en el artículo 2.2.2.25.3.1., del Decreto 1074 de 2015.   El aviso de privacidad tiene como objeto que el responsable informe al titular de los datos personales sobre las politicas de tratamiento de información, la forma de acceder a ellas y la finalidad que se pretende con sus datos pesonales en el tratamiento, el cual puede ser difundido a través de documentos, formatos electrónicos, medios verbales o cualquier otra tecnología.   La ley no exige la expedición de certificaciones para validar las politicas de tratamiento implementadas por los responsables del tratamiento, por lo que, solo estan obligados a cumplir con los requisitos consagrados en la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios.

Instrucciones a las personas naturales, jurídicas, productores, proveedores o expendedores, que se encuentren legalmente autorizados para la venta de equipos terminales móviles en Colombia

Información

Esta Entidad en el marco de la facultad dispuesta en el artículo 59 de la Ley 1480 de 2011 expidió la circular No. 2 del 07 de noviembre de 2019 por medio de la cual se incorporó el numeral 2.19 del capítulo segundo en el título II de la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio y a través de la cual se impartieron instrucciones a las personas naturales, jurídicas, productores, proveedores o expendedores, que se encuentren legalmente autorizados para la venta de equipos terminales móviles en Colombia, en relación con la información que debe suministrarse a los consumidores acerca de la red celular que soportan, en especial lo referente a las funcionalidades que tienen estos de operar en las tecnologías 2G, 3G, 4G LTE o posteriores, de forma tal que permita a los usuarios adoptar una decisión informada al momento de elegir un equipo terminal móvil.

Integraciones empresariales

Información

La Superintendencia de Industria y Comercio cuenta con competencia en lo referente a Integraciones Empresariales y Concentraciones Económicas, y los requisitos para que una operación de esta clase deba ser notificada o informada a esta Entidad para que sea pre-evaluada. También se establecen las dos excepciones a nuestra competencia en esa materia; casos en los cuales son otras Entidades Estatales las encargadas de evaluar la operación, en atención a las cualidades de los intervinientes.