Superintendencia de Industria y Comercio

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Conceptos


conceptos

Para tener en cuenta en relación con el retracto en tiquetes terrestres.

Cámara de Comercio

: Los gastos que se generen en la devolución del dinero con ocasión del retracto por la compra de tiquetes terrestres en línea, incluyendo los costos financieros, deberán ser asumidos por quien realizó la venta y no por el consumidor, ya que la ley no lo contempla, pues los únicos costos que debe asumir el consumidor son los referidos a la devolución del bien. Al respecto el varias veces citado artículo 47 dispone que “[l]os costos de transporte y los demás que conlleve la devolución del bien serán cubiertos por el consumidor”, dejando por fuera cualquier consideración en contrario.

Cámaras de comercio registro RUP – Experiencia

Registro Único de Proponentes

La función pública registral a cargo de las Cámaras de Comercio es taxativa y reglada, por lo que respecto de la verificación de los requisitos habilitantes de los proponentes para su inscripción en el RUP, y específicamente en cuanto a la experiencia de los proponentes, se deberá registrar al valor del contrato efectivamente ejecutado, expresado en salarios mínimos mensuales legales vigentes SMMLV, conforme a lo dispuesto en la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015 y en la Circular Única, numeral 4.2.2.2 Título VIII de la Circular Única.

El consumidor tiene derecho a que se le entregue manual de instrucciones cuando existe instrucción al respecto

Deber de información

Los manuales de instrucción, cuando sea obligatorio por ley o por lo dispuesto por la autoridad competente, deberán entregarse en forma física al consumidor, independiente de que este pueda accederlos de manera virtual.

Otorgamiento de créditos de bajo monto

Protección del consumidor

Las personas naturales o jurídicas frente a las que esta Superintendencia ejerce el control y vigilancia sobre su actividad crediticia  pueden otorgar créditos de consumo de bajo monto, no obstante, respecto de los procesos de otorgamiento, colocación y seguimiento debe tenerse en cuenta lo reglamentado al respecto por el Decreto 2654 de 2014 “Por el cual se modifica el Decreto 2555 de 2010 en lo relacionado con el crédito de consumo de bajo monto” y demás disposiciones que regulen la materia, aplicando las disposiciones del Estatuto del Consumidor de manera supletiva y complementaria.

Medidas cautelares decretadas por una autoridad judicial impiden la cancelación de la matrícula mercantil hasta tanto el operador judicial disponga su levantamiento.

Matrícula mercantil

La medida cautelar de suspensión de poder dispositivo dispuesta en el artículo 88 de la Ley 1708 de 2014 tendrá efectos hasta tanto la autoridad jurisdiccional no tome decisión definitiva en el proceso de extinción de dominio y en tal sentido, no podrá solicitarse la cancelación de la matrícula mercantil de una sociedad o un establecimiento de comercio con registro de medida cautelar hasta tanto la autoridad que la ordenó disponga sobre su levantamiento.